RIVAS BRENDA FLAVIA C/ FRETES FREDY NORBERTO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS.
Demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente en colectivo reclamando incapacidad, gastos y daño moral. La Cámara confirmó la responsabilidad del transportista y la condena, pero modificó los montos indemnizatorios: elevó la incapacidad y gastos, incrementó el daño moral y sostuvo la limitación de cobertura hasta el momento del pago.
¿Quién es el actor?
B F R y M N P en representación de su hija menor I N P (luego I N P por derecho propio).
¿A quién se demanda?
F N F (chofer), Transportes Almirante Brown S.A. y Metropol Sociedad de Seguros Mutuos (citada en garantía).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente ocurrido el 19/11/2015 en el que la menor resultó lesionada al descender de un colectivo de la Línea 33.
¿Qué se resolvió?
la Cámara confirmó en lo sustancial la sentencia de primera instancia que admitió la demanda, atribuyó responsabilidad objetiva al transportista, y modificó los rubros indemnizatorios: reconoció incapacidad física (12%) y psíquica (10%) y elevó montos a $15.000.000 por incapacidad, $850.000 por gastos médicos/traslados/tratamientos futuros y $6.000.000 por daño moral; confirmó la imposición de costas a la demandada y citada en garantía y confirmó la tasa de intereses aplicada (6% anual hasta sentencia de grado y tasa pasiva desde entonces hasta el pago). Confirmó además la limitación de la cobertura de la aseguradora pero ordenó que el tope se adecúe a la cobertura básica vigente al momento del pago.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Como natural desenlace de lo expuesto hasta aquí, propongo al Acuerdo confirmar la apelada sentencia en lo que refiere a la atribución de responsabilidad en cabeza de los demandados."
"En consecuencia, se encuentran acreditadas una incapacidad física del 12 % y una incapacidad psíquica del 10 %. Tales porcentajes serán ponderados como pautas orientadoras, junto con las restantes circunstancias personales y vitales de la víctima, sin que su mera adición aritmética agote la valoración integral exigida por los arts. 1740 y 1746 del Código Civil y Comercial.
...
Bajo tales lineamientos, ponderando la edad de la víctima al momento del hecho (11 años), las secuelas acreditadas, la incapacidad psicofísica total del 22%, las pautas del art. 1746 del CCCN y las restantes circunstancias personales que surgen de autos, propongo hacer lugar parcialmente al recurso de la actora y rechazar las quejas de la demandada y citada en garantía sobre esta parcela del decisorio y elevar la indemnización correspondiente al presente rubro en la suma total de pesos quince millones ($ 15.000.000), la cual incluye tanto la incapacidad física como la psíquica sobrevinientes."
"Por ello, en el caso de una deuda calculada a valor actual, nuestra Corte, consideró que debe emplearse el denominado interés puro, a fin de evitar distorsiones en el cálculo y la determinación del crédito. De tal manera, dispuso que '. para el cálculo de los intereses deberá aplicarse la ya mentada alícuota del 6% anual, la que corresponderá ser impuesta al crédito indemnizatorio conforme lo establecido en la sentencia, y hasta el momento tenido en cuenta para la evaluación de la deuda...' ...
En conclusión, corresponde confirmar la tasa de interés fijada por el magistrado anterior para el período transcurrido entre la fecha del hecho y el dictado de la sentencia de primera instancia, es decir, a la tasa pura del 6%, como asimismo la tasa pasiva fijada por el lapso que transcurra entre el dictado de esa sentencia y hasta el efectivo pago."
¿Cómo votaron los jueces?
ambos jueces (Drs. Pablo Saúl Moreda y Luis Adalberto Conti) votaron en igual sentido; no hubo disidencia mayoritaria.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.