CAMPOS BRIAN ARIEL Y OTRO/A C/ SABELLI LEANDRO EFRAIN Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Reclamo por daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito contra el conductor, la titular registral y la aseguradora. La Cámara confirmó la sentencia de grado en lo sustancial, amplió las sumas indemnizatorias (daño psicofísico, tratamientos, daños materiales y privación de uso) y dejó sin efecto el decreto de inconstitucionalidad sobre arts. 7 y 10 de la ley 23.928, fijando mecanismo de intereses conforme a precedentes de la SCBA.
¿Quién es el actor?
Campos, Brian Ariel y Bartolomé Aylen Mayra.
¿A quién se demanda?
Sabelli, Leandro Efrain (conductor), Messa, Susana Cristina (titular registral) y Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada (citada en garantía).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito ocurrido el 23/05/2023; rubros reclamados: daño psicofísico, tratamiento psicológico y kinesiológico, gastos médicos y traslados, daño material al vehículo y privación de uso, entre otros.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de fecha 30/03/2026 en lo sustancial, hizo lugar a la demanda contra Sabelli, Messa y la aseguradora y elevó las cuantificaciones indemnizatorias: daño psicofísico $10.000.000 (coactor Campos); tratamiento psicológico $2.880.000; tratamiento kinesiológico $300.000; daños materiales $305.000 (coactora Bartolomé); privación de uso $100.000 (coactora Bartolomé). Dejó sin efecto el decreto de inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928 y dispuso el cálculo de intereses conforme a la doctrina "Vera" y "Nidera" (6% anual desde la fecha del hecho hasta la sentencia y desde entonces la tasa pasiva más alta del Banco Provincia). Impuso costas a la demandada y su aseguradora en la Alzada, en la medida del seguro, y difirió regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Este Tribunal RESUELVE: 1) CONFIRMAR la sentencia del 30/03/2026, en lo sustancial; 2) CORRESPONDE hacer lugar a la demanda promovida por Campos, Brian Ariel y Bartolomé Aylen Mayra contra Sabelli, Leandro Efrain, Susana Cristina Messa y Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada (art. 163 y 384 del CPCC), en los términos dispuestos en el decisorio de la Instancia y en el presente. Elevar los siguientes rubros: a) Daño psicofísico hasta la suma de $10.000.000 (coactor Campos); b) Tratamiento psicológico hasta la suma de $ 2.880.000 (coactor Campos); c) Tratamiento kinesiológico hasta la suma de $ 300.000(coactor Campos) -conceder y cuantificar-; d) Daños Materiales hasta la suma de $ 305.000 (coactora Bartolome) y e) Privación de uso hasta la suma de $ 100.000 (coactora Bartolome).;"
"Dejar sin efecto el decreto de inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928. Disponer que los intereses sean calculados conforme la doctrina sentada por la SCBA en los precedentes 'Vera' 18/4/2018, SD C. 120.536 y 'Nidera' causa C. 121.134, del 03/05/2018; es decir con la alícuota del 6 % anual desde la fecha del hecho (23/05/2023) y hasta el dictado de la sentencia (momento tenido en cuenta para la evaluación de la deuda) y de ahí en más la tasa pasiva más alta fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus depósitos a treinta (30) días, vigente al inicio de cada uno de los períodos de aplicación."
Citas textuales de fundamentos esenciales:
"La Sra. Aquo al referirse a ésta, sostuvo: '.... Asimismo, no habiéndose acreditado que la Sra. Messa, Susana Cristina resulte ser la titular registral de la motocicleta conducida por el Sr, Sabelli, no corresponde asignarle grado de responsabilidad alguno por el hecho de autos...'. Analizadas las constancias de marras, teniendo en cuenta la manifestación de la quejosa, advierto que del informe de dominio -digitalizado el 24/02/2024- surge que la Sra. Mesa era la titular, en un 100%- del motovehículo involucrado (A0490AX), desde el 30/11/2022 : es decir que lo detentaba en la fecha del acaecimiento del accidente: 23/05/2023-."
"Estimo que la indagación pericial se ajusta a las prescripciones legales de los arts. 472 y 474 del Cód. Proc., por cuanto cuenta con los aspectos preparatorios, diversos estudios realizados, análisis de los puntos de pericia, los fundamentos y su conclusión, no encuentro mérito ni razón para apartarme de esta; la pericia emanada del profesional idóneo, está fundada, es asertiva, sus conclusiones son lógicas y razonables..."
"En función de todo ello, resulta necesario en éste estadio resaltar las condiciones particulares de la accionante, a saber: Brian Ariel Campos , quien al momento del accidente tenía 26 años, empleado, estudios secundarios completos..., el porcentaje de incapacidad física y psíquica asignado de manera parcial y permanente por los expertos designados en la causa (física 3% y psíquica 10%: Total: 13%.), el cual es orientativo,... En función de todo ello, elevo la cuantificación establecida en la Instancia hasta la suma de $10.000.000 -comprensiva de la incapacidad sobreviniente física y psíquica-."
Notas sobre votación y regla de mayoría: La sentencia contiene votos coincidentes de los Dres. Godino y Kunzmann y el bloque dispositivo final expresa la decisión de la Cámara. No hubo disidencia relevante.
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Leyes que cita
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
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