JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

MONTES ENRIQUE DANIEL Y OTRO/A C/ ULLUA ROMINA PAOLA Y OTROS S/ ACCION REIVINDICATORIA

Los actores promovieron acción reivindicatoria contra ocupantes y supuestos adquirentes para recuperar dos inmuebles. La Cámara confirmó la sentencia de grado que hizo lugar a la reivindicación, al entender que la acción es imprescriptible y que los codemandados no acreditaron la adquisición por prescripción ni aportaron el boleto de compraventa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL SALA I - SAN MARTIN
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
83848
Reivindicatoria Imprescriptibilidad Prescripcion adquisitiva Animus domini Boleto de compraventa Indivision hereditaria Confirmacion de sentencia Costas de alzada Regulacion de honorarios Camara de apelaciones (san martin)

¿Quién es el actor?

Enrique Daniel Montes y Norberto Oscar Montes.

¿A quién se demanda?

Sharon Tatiana Ullua; Carlos Eduardo Valverdi; Romina Paola Ullua (ocupantes y/o subocupantes).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reivindicación de dos inmuebles identificados en la demanda.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción reivindicatoria; costas de Alzada a los recurrentes; se difiere la regulación de honorarios para la etapa correspondiente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El primer agravio traído esta relacionado con la prescripción de la acción real de reivindicación. Sobre el particular debe señalarse que el art. 2247 establece que las acciones de defensa de los derechos reales como lo es la reivindicatoria es imprescriptible.

La acción reivindicatoria es una acción que nace del dominio que cada uno tiene de cosas particulares, por la cual el propietario que ha perdido la posesión, la reclama y reivindica, contra aquel que se encuentra en posesión de ella (art. 2247Cód. Civil y Com.) (conf. CC0203 LP 87713 RSD-34-98 S 10/03/1998).

Ello implica que la acción reivindicatoria no prescribe, sino que, en caso de alegarse prescripción adquisitiva por parte de los demandados, esa adquisición extingue los derechos del dominio. Trataré dicha cuestión en el acápite siguiente."

"En este sentido los codemandados no han acompañado el boleto de compraventa por el cual han ejercido la posesión animus domini desde junio de 2002, y el resto de la prueba producida en autos no ha logrado demostrar su existencia, limitándose a determinar que se encuentran en la propiedad en carácter de ocupantes."

"Se cuestiona además que los actores no tienen la propiedad integra sino solo cuatro doce avos del total (4/12). Cada heredero, en el estado de indivisión como es el caso de autos, puede reivindicar contra terceros detentadores de inmuebles de la herencia, siendo hoy criterio aceptado que esta reivindicación puede ser ejercida por la totalidad del inmueble y no sólo por su parte en el haber sucesorio, siendo en esto su interpretación similar a la de su análogo en el condominio, que es el art. 2679, del que Bibiloni ha dicho que autoriza a cada condómino a reivindicar del tercero detentador 'la cosa en que tenga su parte indivisa' y no 'su parte indivisa sobre la cosa' (CC0002 SM 68193 3 D-123/14 S 19/08/2014)."

Resultado procesal final (bloque dispositivo):

"Por lo expuesto corresponde, confirmar la sentencia de grado. Las costas de Alzada se imponen a los recurrentes vencidos (art. 68 del CPCC.) Se difiere la regulación de honorarios para la etapa oportuna (artículo 31 de la ley arancelaria). REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE. DEVUÉLVASE."

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.