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Primera Instancia

JAILLITA OSCAR FABIAN C/ PREVENCIÓN A.R.T. S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

El actor promovió acción de revisión de resolución de Comisión Médica Jurisdiccional contra PREVENCIÓN A.R.T. S.A. por acuerdo conciliatorio. El Tribunal homologó el acuerdo, rechazó la eximición de tasa de justicia, impuso costas a la demandada y reguló honorarios por PESOS 1.000.000 para la Dra. Barrios y reconoció PESOS 2.000.000 para el Dr. Machado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 4 - LOMAS DE ZAMORA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
57867
Accion de revision Homologacion de acuerdo Ley 15.057 Ley 20.744 Tasa de justicia $220.000 Costas a la demandada Regulacion de honorarios $1.000.000 Reconocimiento honorarios $2.000.000 Tribunal de trabajo n?4 lomas de zamora Peritos desvinculados.

¿Quién es el actor?

JAILLITA OSCAR FABIAN.

¿A quién se demanda?

PREVENCION A.R.T. S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de revisión de resolución de Comisión Médica Jurisdiccional (Ley 15.057); solicitud de homologación de acuerdo conciliatorio entre las partes.

¿Qué se resolvió?

Homológuese el acuerdo conciliatorio en los términos convenidos; se rechazó la eximición de pago de tasa de justicia (liquidada en $220.000); se impusieron las costas a la demandada; se reguló honorarios profesionales (Dra. Barrios: $1.000.000 equivalente a 18,78 JUS; reconocimiento a favor del Dr. Machado por $2.000.000 más aportes).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Estimo que la conciliación arribada no vulnera ningún principio de orden público y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional. En consecuencia, conforme con el Art. 15 de la Ley 20.744, considero corresponde la homologación solicitada, y formular advertencia a las partes acerca de la vigencia de lo normado en el Art. 270 del Código Fiscal (Ley 10.397 T.O. Dec. 339/94 B.O. 29-7-94).-"

"VOTO POR LA AFIRMATIVA (art. 54 de la Ley 15.057).-

A LA MISMA CUESTION LOS DRES. RIVOLTA y BUDNIK votan en igual sentido que la Dra. LAREQUI por compartir sus fundamentos."

Bloque dispositivo final (texto dispositivo reproducido por su relevancia):

"RESUELVE:

a) Homológuese el acuerdo conciliatorio en los términos expresados por las partes. (Art. 30 Ley 15.057, Art. 15 Ley 20.744).-

b) A la eximición de pago de tasa de justicia solicitada, no ha lugar. En consecuencia, intímese a la demandada para que junto con el primer pago que realice integre el sellado correspondiente a la TASA DE JUSTICIA que la señora Actuaria liquida en la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTE MIL ($220.000.-) con los alcances de los Arts. 270 y concordantes del Código Fiscal.-

c) Impónense las costas a la demandada PREVENCION ART S.A. y en consecuencia regúlense los siguientes honorarios profesionales... Dra. BARRIOS ALEJANDRA ELISABET, en el mínimo de la escala legal ... en la suma de PESOS UN MILLÓN ($1.000.000.-) equivalentes a 18,78 JUS... Tiénese presente el reconocimiento efectuado por la parte demandada en relación a los honorarios profesionales... Dr. MACHADO DIEGO DAMIAN en la suma de PESOS DOS MILLONES ($2.000.000.-)..."

Normas que cita

Fallos que cita

  • MORCILLO HUGO HECTOR C/ PROVINCIA DE BS. AS. S/ INCONST. DECR.-LEY 9020SCBA
  • ZUCCOLI, MARCELA A. C/ SUM S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOSSCBA

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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