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Primera Instancia

QUENEGO RUBEN ALEJANDRO C/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE IN-ITINERE

El actor promovió acción contra EXPERTA ART por accidente in-itinere y solicitó homologación de acuerdo conciliatorio. El Tribunal homologó el acuerdo, rechazó la eximición de pago y ordenó a la demandada integrar la TASA DE JUSTICIA de $110.000; además impuso costas a la demandada y reguló honorarios por $1.000.000 (equivalente a 18,78 JUS).

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 4 - LOMAS DE ZAMORA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
57349
Homologacion de acuerdo Accidente in?itinerere Tasa de justicia $110.000 Eximicion de pago denegada Costas a la demandada Honorarios $1.000.000 (18 78 jus) Ley 15.057 Ley 20.744 Cuenta sueldo (ley 27.348) Acreditacion de aportes previsionales

¿Quién es el actor?

QUENEGO RUBEN ALEJANDRO.

¿A quién se demanda?

EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. (EXPERTA ART S.A.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por accidente in‑itinerere y acuerdo conciliatorio sometido a homologación.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio; rechazó la eximición de pago respecto de la TASA DE JUSTICIA e intimó a la demandada a integrar el sellado de PESOS CIENTO DIEZ MIL ($110.000); impuso las costas a la demandada y reguló honorarios profesionales en PESOS UN MILLÓN ($1.000.000.-) (equivalente a 18,78 JUS), sin incluir IVA; dispuso obligaciones de acreditación de aportes previsionales y reglas para la transferencia de fondos a cuenta sueldo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Estimo que la conciliación arribada no vulnera ningún principio de orden público y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional. En consecuencia, conforme con el Art. 15 de la Ley 20.744, considero corresponde la homologación solicitada, y formular advertencia a las partes acerca de la vigencia de lo normado en el Art. 270 del Código Fiscal (Ley 10.397 T.O. Dec. 339/94 B.O. 29-7-94)."

"RESUELVE: a) Homológuese el acuerdo conciliatorio en los términos expresados por las partes. (Art. 30 Ley 15.057, Art. 15 Ley 20.744).-

b) A la eximición de pago solicitada, no ha lugar, en consecuencia, intímese a la demandada para que junto con el primer pago que realice integre el sellado correspondiente a la TASA DE JUSTICIA que la señora Actuaria liquida en la suma de PESOS CIENTO DIEZ MIL ($110.000.-) con los alcances de los Arts. 270 y concordantes del Código Fiscal.-

c) Impónense las costas a la demandada EXPERTA ART S.A y en consecuencia regúlense los siguientes honorarios profesionales... CIRAUDO DAIANA ELIZABETH, en la suma de PESOS UN MILLON ($1.000.000.-) equivalente a 18,78 JUS, sumas que NO incluyen el impuesto al Valor agregado... Tiénese presente el reconocimiento efectuado por la parte demandada en relación a los honorarios profesionales de la representación letrada de la parte actora DRA. PIOLI ANABEL CECILIA en la suma de pesos UN MILLON ($1.000.000.-), con más aportes y contribuciones de ley que correspondieren."

Votación / mayoría: Los tres magistrados (Larequi, Rivolta y Budnik) votaron en igual sentido por compartir los fundamentos de la Dra. Larequi, resultando así la homologación por unanimidad. El bloque dispositivo final es concordante con los votos.

Normas que cita

Fallos que cita

  • MORCILLO HUGO HECTOR C/ PROVINCIA DE BS. AS. S/ INCONST. DECR.-LEY 9020SCBA
  • Zuccoli, Marcela A. C/ SUM S.A. S/ Daños y PerjuiciosSCBA

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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