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Primera Instancia

COBANERA ARISTI GABRIEL GABRIEL C/ DIAZ ROXANA IVANA Y OTRO/A S/ DESPIDO

El actor promovió demanda por despido y las partes celebraron un acuerdo conciliatorio por la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000). El Tribunal homologó el convenio conciliatorio celebrado el 13/10/2026 y condenó en costas a la demandada, regulando además honorarios y condiciones de pago.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 4 - LA PLATA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
36301
Despido Homologacion Conciliacion Lct art.15 Costas Honorarios Acuerdo conciliatorio Cuenta sueldo Mora Tasa de justicia

¿Quién es el actor?

COBANERA ARISTI GABRIEL GABRIEL.

¿A quién se demanda?

DIAZ ROXANA IVANA y otro/a.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido, cerrado mediante un convenio conciliatorio entre las partes.

¿Qué se resolvió?

Homologar el acuerdo conciliatorio celebrado el 13/10/2026 por la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000); costas a cargo de la demandada; regular honorarios de los letrados intervinientes; establecer modalidad de pago, cargas de información y consecuencias por mora; fijar tasa de justicia y reglas para retiro de documentación y notificaciones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la conciliación arribada entre las partes el 13/10/2026 no vulnera ningún principio de orden público, constituyendo una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional, conforme lo dispuesto en el art. 15 de la LCT."

"Que la renuncia genérica de derechos no tiene ningún valor (art. 12 L.C.T.). Que la conciliación es una de las formas posibles de concluir el juicio y que el convenio conciliatorio hace a la celeridad procesal. POR ELLO: voto por la homologación del presente convenio conciliatorio."

Bloque dispositivo final:

"1. Homologar el presente acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes el 13/10/2026 (en los términos del art. 15 de la LCT) en la suma de PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000).

2. COSTAS: a cargo de la demandada (art. 24 ley 15057).

3. Regular los honorarios de los letrados intervinientes: por la parte actora, al Dr. DELUCCHI ENRICO en 18,78 JUS, (equivalentes al día de la fecha a la suma de $1.000.000 , valor del JUS= $53232)) y por la parte demandada, al Dr. ARIEL ALEJANDRO PÉREZ PADILLA en 18,78 JUS, (equivalentes al día de la fecha a la suma de $1.000.000, valor del JUS= $53232)) ..."

Disposiciones sobre pago y acreditación (extractos relevantes):

"5.a- CRÉDITO DEL TRABAJADOR/A: Las sumas por el CAPITAL acordado, deberán depositarse en la 'Cuenta Sueldo' de la parte actora ... La parte actora debe acreditar en el expediente: Banco, Sucursal, N° de Cuenta, CBU/Alias, DNI y CUIL/CUIT. El plazo para el pago quedará sujeto al previo cumplimiento de la 'Carga de Información' ... El vencimiento operará la mora de pleno derecho, sin necesidad de interpelación alguna, autorizando la inmediata ejecución con más los intereses pactados en el acuerdo."

"6. Fijar en concepto de TASA DE JUSTICIA la liquidada por Secretaría, en la suma de $ 110.000, y que deberá ser abonada por la condenada/s en costas dentro del plazo de diez (10) días ... bajo apercibimiento expedir certificado de deuda y remitirlo al Depto. de Cobro ... a fin de proseguir su ejecución de su cobro por vía incidental, con más los intereses, costos y costas ..."

Votación y acuerdo:

El voto de la Dra. Vanesa PRADO propuso la homologación y fue acompañado por el Dr. MARTIARENA y la Dra. GALLESE, por lo que el Tribunal resolvió en unanimidad homologar el convenio.

Normas que cita

  • Ley 15057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 12, 24
  • Ley 14967 (Provincia De Buenos Aires)art. 54
  • Ley 27.348art. 17 · Riesgos del trabajo
  • Ley 8904 (Provincia De Buenos Aires)
  • Ley 6716 (Provincia De Buenos Aires)
  • Ley 8455 (Provincia De Buenos Aires)
  • Resolución 5824/2026 (ARCA)
  • Acordada 3827 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)
  • Resolución 1242/06 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)
  • Acordada 2514/92 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)arts. 35, 36
  • Acordada 4013 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)
  • Acordada 4039 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)
  • Acordada 3975/20 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)
  • CFP (Código Fiscal) (Provincia De Buenos Aires)arts. 96, 338, 340, 343
  • Ley 20.744

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