FRIAS JUAN ALFREDO C/ PESOUT S.A. S/ DESPIDO
El actor promovió demanda por despido y acordó en audiencia la suma total de VEINTIÚN MILLONES ($21.000.000) pagadera en seis cuotas. El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio, intimó a la demandada al pago de la tasa de justicia ($462.000 más 5%) y reguló honorarios y periciales por montos específicos.
¿Quién es el actor?
JUAN ALFREDO FRIAS.
¿A quién se demanda?
PESOUT S.A. (representada por su presidente Hugo Ricardo Soutullo).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por despido; la parte actora ajustó la demanda a un monto conciliatorio.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio por $21.000.000 pagaderos en seis cuotas; intimó a la demandada al pago de la tasa de justicia y declaró las costas a su cargo; reguló honorarios de letrados y peritos por montos expresos; ordenó las notificaciones y los requisitos para depósitos en cuenta sueldo y para acreditación de CBU/alias.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Abierto el acto e invitadas las partes al logro de una fórmula conciliatoria, se obtiene la misma en los siguientes términos: la parte actora reajusta el monto de su demanda a la suma total de pesos VEINTIUN MILLONES ($21.000.000.-) con lo que la demandada, sin reconocer hechos ni derechos, presta conformidad y se compromete a abonar dicha suma en SEIS (6) pagos a realizarse los días 16 y/o el subsiguiente día hábil comenzando a partir del 16/11/2026 por la suma de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS MIL ($3.500.000.-) en cada uno de ellos, no teniendo la parte actora más nada que reclamar a la contraria por lo que fuera objeto de la presente litis una vez percibidas las sumas convenidas.
Las partes imputan el monto conciliatorio a capital, y convienen que la mora en el cumplimiento de cualquiera de las cuotas estipuladas importara la caducidad de los plazos pendientes. Asimismo la demandada abonara en concepto de clausula penal el 0.30% del capital adeudado por cada día de retardo en la acreditación de los respectivos depósitos.
Por todo ello, atento lo peticionado, deliberado y votado, el Tribunal RESUELVE:
1- Homologar el acuerdo conciliatorio (art.30 de la Ley 15.057).-
2- Intimar a la parte demandada para que dentro del plazo de 5 días y/o con la primer cuota del capital acordado abone la tasa de justicia que asciende a la suma de pesos 462.000 con más el 5% en concepto de sobretasa de justicia bajo apercibimiento de ley ...
4- Declarar las costas a cargo de la parte DEMANDADA.-
5- Regular los honorarios ... Dres. MAYRA PRISCILA ANGEL , en 38,30 Jus ... equivalente a la suma de DOS MILLONES CIEN MIL ($2.100.000.-); ... a las Dres. ALBERTO ANDRES RODRIGUEZ REVELES Y LAURA GONZALEZ , en 19,15 Jus ... equivalente a la suma de UN MILLON CINCUENTA MIL ($1.050.000.-) para cada uno de ellos; y a los DRES. ROBERTO M. PEÑA PEREIRA DE ACEVEDO Y JUAN LUCAS VIDOTTO en 38,30 Jus ... equivalente a la suma de DOS MILLONES CIEN MIL ($2.100.000.-); para cada uno de ellos.
6- Regular los honorarios del perito CONTADOR, en la suma de pesos OCHOCIENTOS CUARENTA MIL ($840.000.-) ..."
(Votos: los Dres. Osso, Morán e Ibarra votaron en el mismo sentido. El bloque dispositivo final es el que se resolvió por unanimidad.)
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Normas que cita
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)art. 30
- CCyCNarts. 768, 770 · Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 16, 21, 22, 26, 28, 54
- Ley 8.904 (Provincia De Buenos Aires)arts. 14, 16, 21, 22, 26, 28
- Ley 6.716 (Provincia De Buenos Aires)arts. 12, 14, 277
- Ley 8.455 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 7.195 (Provincia De Buenos Aires)arts. 36, 39, 59
- Ley 15.563 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 26.590art. 1 · Contrato de trabajo
- Ley 27.348art. 17 · Riesgos del trabajo
- Ley 27.802art. 277 · Ley de modernizacion laboral
- Resolución 100/96 (S.C.J.B.A.) (Provincia De Buenos Aires)
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