JurisprudenciaARG
Primera Instancia

VIVES JERONIMO C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

El Dr. Jerónimo Vives demandó la fijación de honorarios por labores extrajudiciales prestadas en trámite ante la Comisión Médica N° 31B, delegación San Nicolás. El Tribunal hizo lugar a la demanda y reguló los honorarios en 50,41 jus a cargo de Federación Patronal Seguros S.A.U., imponiéndole además las costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 3 - SAN NICOLAS
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
SN-6708-2026
Fijacion de honorarios Honorarios extrajudiciales Comision medica n? 31b Ley 14.967 (arancelaria provincial) Resolucion srt n? 298/17 Cosa juzgada administrativa Imposicion de costas (art. 24 ley 15.057) 50 41 jus Pago y cbu Liquidacion por secretaria Nota: el analisis se cine al bloque dispositivo final y a los fundamentos que integran la mayoria del tribunal segun el acuerdo.

¿Quién es el actor?

Dr. Jerónimo Vives, representado por la Dra. Ana Mailen Paglino.

¿A quién se demanda?

Federación Patronal Seguros S.A.U.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Fijación y regulación de honorarios por labores extrajudiciales desarrolladas en el trámite del Expediente Administrativo N° 184870/26 ante la Comisión Médica N° 31B (delegación San Nicolás), relacionado con determinación de incapacidad y acuerdo homologado que cuantificó la incapacidad y la indemnización.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se fijaron los honorarios del actor en 50,41 jus (SCBA, RP 873/26) más aportes de ley e IVA si correspondiere, con imposición de costas a la accionada; se practicó liquidación por Secretaría y se regularon honorarios de coadyuvantes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por lo expuesto en el Acuerdo que precede, el Tribunal RESUELVE:

1.- Hacer lugar a la demanda incoada por el Dr. Jerónimo Vives contra Federación Patronal Seguros SAU, fijándose sus honorarios por las labores extrajudiciales desarrolladas en el trámite sustanciado ante la Comisión Médica N° 31B delegación San Nicolás en la suma de 50,41 jus (SCBA, RP 873/26), más sus aportes de ley e IVA en caso de corresponder, cuyo pago estará a cargo de la accionada, se imponen por su orden las costas del proceso (art. 24 ley 15.057).- El pago de honorarios de profesionales, podrá ser canalizado por el medio de pago que consideren los involucrados conforme las imposiciones de costas y montos correspondientes, con o sin depósito en cuenta judicial.- El plazo para el pago, en el último caso, comenzará a correr a partir que la actora denuncie en autos su CBU.-"

"En tal sentido el Servicio de Homologación dispuso 'ARTICULO 1°.- Apruébese el procedimiento llevado a cabo en el Expediente S.R.T. N° 184870/26, por encontrarse de conformidad con la normativa vigente. ARTICULO 2°.- Homológase el acuerdo celebrado con la intervención del funcionario auxiliar letrado competente del Servicio de Homologación, entre el/la Sr/a. GARCIA MAURICIO ... y FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A.U. ... del cual surge que el/la trabajador/a padece SEIS CON 58/ 100 POR CIENTO (6.58 %) de incapacidad laboral permanente parcial definitiva. ARTICULO 4°.- Hágase saber que la presente disposición asume autoridad de cosa juzgada administrativa en los términos del artículo 15 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.'"

"En mérito al estado de autos y al monto de la sentencia (50,41jus), los antecedentes de la causa, el valor, mérito, calidad jurídica de la labor desarrollada, regúlense los emolumentos de la Dra. ANA MAILEN PAGLINO en la suma de DOS JUS CON TREINTA Y UNO (2,31), equivalentes a $126.654,99; y los del Dr. EDUARDO DE FELIPE, en la suma de UN JUS CON SESENTA Y UNO (1,61), equivalentes a $88.274,69; ambos con mas sus adicionales de ley ... e IVA si correspondiere."

Normas que cita

  • Ley 27.348arts. 1, 2, 1 (Anexo I), 4 (Anexo I) · Riesgos del trabajo
  • Ley 20.744art. 15 · Ley de contrato de trabajo
  • Ley 5177 (Provincia De Buenos Aires)arts. 5, 58 inc. 2
  • Resolución 298/17 (Nacional (superintendencia De Riesgos Del Trabajo))art. 37
  • Resolución 319/17 (Nacional (superintendencia De Riesgos Del Trabajo))
  • CCyCart. 726 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 1, 14, 16, 21, 22, 23, 28, 43, 44 inc. b, 51, 54, 55
  • Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 24, 52
  • Acordada 761/2020 (Provincia De Buenos Aires (scba))
  • Acordada 3845/17 (Provincia De Buenos Aires (scba))arts. 4, 7, 11
  • Acordada 3991/20 (Provincia De Buenos Aires (scba))
  • Acordada 10/20 (Provincia De Buenos Aires (scba))art. ap. 3 inc. C.2
  • Resolución 873/2026 (Provincia De Buenos Aires (scba))
  • CPCC (Provincia De Buenos Aires)art. 143 inc. 1
  • Ley 23.349arts. 3 inc. e, 9

Fallos que cita

  • Toselli, Carlos y Marionsini, Mauricio
  • Hitters - Cairo
  • Molinaro, Matías
  • Valdez, Carlos
  • SCBA, L. 101607SCBA
  • SCBA, Ac. 92017SCBA

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.