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Primera Instancia

DISCIACCA CARLOS ALBERTO C/ GOBERNACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL

El actor promovió incidente de incompetencia respecto de la competencia territorial en causa por enfermedad profesional. El Tribunal del Trabajo N°3 hizo lugar al planteo y trasladó la competencia al Tribunal con asiento en Florencio Varela (Departamento Judicial Quilmes), por aplicación de la doctrina y normativa citada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 3 - SAN MARTIN
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
53838
Incidente de incompetencia Competencia territorial Enfermedad profesional Comision medica jurisdiccional Ley 15.057 Departamento judicial quilmes Florencio varela Resolucion 23/2018 srt Agotamiento de via administrativa Tribunal del trabajo n?3

¿Quién es el actor?

Disciacca Carlos Alberto.

¿A quién se demanda?

Gobernación de la Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Incidente relativo a competencia territorial en autos caratulados "DISCIACCA CARLOS ALBERTO C/ GOBERNACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL" (Expte. N°53838 - SM-7092-2026).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al planteo de incompetencia formulado por la parte actora en su presentación de fecha 22/9/26 y se ordenó que conozca el Tribunal de Trabajo con asiento en la ciudad de Florencio Varela (Departamento Judicial Quilmes). Se ordenó, además, librar oficios a las receptorías pertinentes para el sorteo del tribunal competente y su comunicación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que conforme surge de las constancias de autos, el actor -con anterioridad a promover la presente demanda- había agotado la instancia administrativa previa por ante la Comisión Médica Jurisdiccional N°383 de San Martín, a la que concurrió en virtud del lugar donde se encuentra asentado su domicilio, sito en la calle Callao N°941, de la localidad y Partido de San Miguel."

"Al respecto, tiene dicho el Máximo Tribunal de la Provincia de Buenos Aires que '... en atención a la operatividad que ostenta el art. 3, último párrafo, de la ley 15.057 (conf. resolución SC n°1.840/2024 y su anexo), corresponde resolver conforme la regla allí contemplada con arreglo a la cual la competencia territorial de la justicia provincial del trabajo resulta improrrogable (causa L. 132.198, «Pereyra» , resol. de 15-X-2024).'"

"II.2. Sentado lo anterior, teniendo en cuenta que la Resolución 23/2018 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo dispuso la constitución de una comisión médica por cada una de las cabeceras judiciales creadas por la ley 5.827, comprendiendo el territorio del municipio de Florencio Varela dentro del Departamento Judicial Quilmes, se impone precisar que -en el caso- siendo que el actor optó por concurrir a la Comisión Médica de Quilmes en atención a encontrarse su domicilio real ubicado en la localidad de Florencio Varela ... deberá conocer en autos - a tenor de lo dispuesto en la Resolución 326/2010 de la SCBA- el Tribunal de Trabajo con asiento en Florencio Varela, perteneciente a la localidad de Quilmes (art. 1 y 2 de la ley 27.348; ley 14.997; conf. arg. causas L. 132.192, «Lezcano», resol. de 3-VI-2024 y L. 132.326, «Albornoz», resol. de 29-VII-2024)."

"Que conforme la contundencia de los preceptos que surgen del pronunciamiento aludido, corresponde hacer lugar al planteo 'sub examine'."

¿Cómo votaron los jueces?

los Dres. JULIAN FERNANDEZ, GABRIEL SIMON FREM y JORGE CESAR ROJAS votaron en igual sentido.

Normas que cita

  • Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 2 inc. j, 103
  • Ley 27.348art. 2 · Riesgos del trabajo
  • Constitución (Provincia De Buenos Aires)art. 168
  • Acordada 3397 (Provincia De Buenos Aires)art. 58
  • Acordada 3845 (Provincia De Buenos Aires)art. 11
  • Ley 5827 (Provincia De Buenos Aires)art. 26 inc. 9
  • Ley 14.864 (Provincia De Buenos Aires)art. 26 inc. 9
  • Ley 14.723 (Provincia De Buenos Aires)art. 26 inc. 9
  • Ley 14.997 (Provincia De Buenos Aires)arts. 1, 2
  • Resolución 23/2018 (Superintendencia de Riesgos del Trabajo)
  • Resolución 326/2010 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)
  • Resolución 1840/2024 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)art. 3
  • CPCC (Provincia De Buenos Aires)art. 4

Fallos que cita

  • PereyraSCBA · 15/10/2024
  • FerrauSCBA · 28/05/2021
  • SoriaSCBA · 01/11/2021
  • GarridoSCBA · 13/11/2020
  • LezcanoSCBA · 03/06/2024
  • AlbornozSCBA · 29/07/2024
  • VELIZ HECTOR EDUARDO C/EXPERTA ART S.A. S/ACCION DE REVISION RESOLUCION COMISION MEDICASCBA · 27/03/2025

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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