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Primera Instancia

PALOMINO CONDORI JAIME BERNAHOLA C/ ALGODONERA GH S.R.L Y OTROS S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

Acción especial por accidente de trabajo con desistimiento y convenio conciliatorio. El Tribunal tuvo por desistida la acción y homologó el acuerdo por $9.000.000, regulando honorarios, imponiendo costas conforme lo pactado y estableciendo condiciones de pago, mora, cláusula penal e intereses.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 3 - MORON
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
MO-9888-2022
Accidente de trabajo Desistimiento Homologacion de convenio Indemnizacion Costas Honorarios Clausula penal Mora Intereses moratorios (bcra) Tribunal del trabajo n? 3 de moron

¿Quién es el actor?

PALOMINO CONDORI JAIME BERNAHOLA.

¿A quién se demanda?

ALGODONERA GH S.R.L y los señores DANTE GASPAR CAVALIERI, GABRIEL FABRICIO CAVALIERI, DANTE DAMIAN CAVALIERI y HERNAN PABLO CAVALIERI.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción especial por accidente de trabajo (indemnización).

¿Qué se resolvió?

Se tuvo por desistida la acción y el derecho del actor respecto de todos los codemandados; se homologó el convenio conciliatorio celebrado entre el actor y ALGODONERA GH S.R.L. por la suma de $9.000.000; se regularon honorarios de letrados y peritos; se dispusieron costas conforme lo pactado y se fijaron reglas sobre el pago, mora, cláusula penal e intereses moratorios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Habiendo sido ratificado personalmente por el actor, de conformidad con lo establecido por el art. 277 segundo párrafo de la LCT, estimo que procede aprobar el desistimiento impetrado en autos, en virtud de que el mismo se adecua a lo preceptuado por los arts. 304 y 305 del CPCC, no vulnerando el mismo norma alguna de orden público."

"Visto el estado de las presentes actuaciones, los desistimientos impetrados en el acta labrada en fecha 11/07/2024 y 22/10/2026, los rubros reclamados, el monto convenido y conforme lo dictaminado en el informe médico pericial producido, estimo que el convenio que nos ocupa suscripto por PALOMINO CONDORI JAIME BERNAHOLA y ALGODONERA GH SRL, debe ser materia de homologación en virtud de que el mismo no vulnera norma alguna de orden público y se adecua a los dispositivos de los arts. 12 y 15 de la LCT t.o., llegándose a una justa composición de la litis."

Bloque dispositivo final (decisión mayoritaria):

"1º) Tener por desistido de la acción y del derecho a PALOMINO CONDORI JAIME BERNAHOLA con respecto a la demanda deducida contra DANTE GASPAR CAVALIERI, GABRIEL FABRICIO CAVALIERI, DANTE DAMIAN CAVALIERI Y HERNAN PABLO CAVALIERI.

4°) HOMOLOGAR con fuerza y autoridad de cosa juzgada el acuerdo conciliatorio suscripto por PALOMINO CONDORI JAIME BERNAHOLA y ALGODONERA GH S.R.L en fecha 05/10/2026 por la suma $9.000.000 ( PESOS NUEVE MILLONES) que la demandada se aviene a abonar en la forma estipulada."

Adicionales relevantes sobre costas y honorarios:

"Costas por su orden conforme lo pactado por las partes y al actor con los alcances del art. 20 de la LCT (arts. 24 y 89 ley 15.057, 73 C.P.C.C.). Respecto del codemandado HERNAN PABLO CAVALIERI, sin costas vista su situación procesal."

Regulaciones expresas de honorarios (ejemplos): "$1.800.000 a favor de la Dra. NUÑEZ RAQUEL LEONOR" y "$1.800.000 al Dr. DANIEL NICOLÁS BONICALZI", así como $360.000 para cada perito, con más el 10% de aporte legal e IVA si correspondiere.

Normas que cita

Fallos que cita

  • G., M. d. C. y o. c/ D. B., J. A. s/ Indemnización accidente de trabajoSCBA

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