VILLACORTA JULIO VICENTE C/ ALEMAX CORRUGADOS S.R.L. Y OTROS S/ DESPIDO
El actor promovió demanda por despido contra Alemax Corrugados S.R.L. y otros. El Tribunal decretó la caducidad de la instancia por inactividad, con costas a la actora y regulación de honorarios conforme Resolución RP 1517/26.
¿Quién es el actor?
VILLACORTA JULIO VICENTE.
¿A quién se demanda?
ALEMAX CORRUGADOS S.R.L. y otros.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por despido (carátula: "VILLACORTA JULIO VICENTE C/ ALEMAX CORRUGADOS S.R.L. Y OTROS S/ DESPIDO").
¿Qué se resolvió?
Se decretó la caducidad de la instancia por inactividad procesal de la actora; costas a la actora con beneficio de ley; regulación y orden de pago de honorarios conforme Resolución RP 1517/26.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Sabido es que en el procedimiento laboral la caducidad de instancia debe aplicarse con criterio restrictivo, en virtud de las facultades que la propia ley confiere a los Tribunales del Trabajo para instar la actividad procesal de las partes (arts. 11 y 12 de la ley 15.057).
Así entonces, la perención de instancia sólo procedería cuando el órgano jurisdiccional se encuentra impedido de ejercer ese impulso, previa intimación a las partes a fin de activar el procedimiento, tal y como sucede en el sublite.
De lo expuesto se desprende que con posterioridad a la intimación dispuesta con fecha 19/10/26, notificada el 20/10/26, las partes no han realizado actividad procesal útil tendiente a impulsar la causa, lo que obstaculiza la normal tramitación del juicio, dejando transcurrir el plazo fijado por el art. 11 de la ley citada.
Consecuentemente, voto por declarar la caducidad de la instancia en autos, con costas a la actora del beneficio de ley (arts. 24, 25 y 27 de la ley 15.057 y 20 de la LCT).-
ASI LO VOTO"
Y del bloque dispositivo final (decisión del Tribunal):
"I. Decretar la caducidad de instancia en las presentes actuaciones (art. 11 y 89 de la ley 15.057 y arts. 311 y ccdts del CPCC) .-
II. Costas a la actora del beneficio de ley (arts. 24, 25 y 27 de la ley 15.057 y 20 de la LCT).-
III.- Regular los honorarios de los profesionales intervinientes conforme el valor de IUS conforme Resolución RP 1517/26 ... Conforme ello, regúlanse los honorarios de los profesionales intervinientes de la siguiente forma: Dr. MAMAN GUSTAVO OSCAR en 7 JUS (equivalentes al día de la fecha a la suma de $ 383.803 conf. Resolución RP 1517/26 de la SCBA) con más el 10 % de aportes (leyes 14.967, 6716 y 8455), e IVA en caso de corresponder."
¿Cómo votaron los jueces?
El voto que funda la caducidad fue el de la Dra. Ricardo; los Dres. Gabriele y López Bellot adhieren expresamente. El bloque dispositivo final refleja la decisión unánime del Tribunal.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 15.057 (Caba)arts. 11, 12, 24, 25, 27, 89
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)art. 311
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 9, 54
- Acordada 3975 (Provincia De Buenos Aires)arts. 7, 8
- Resolución 1517 (Provincia De Buenos Aires)arts. 1, 2
- Ley 6716 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 8455 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 20.744
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.