JurisprudenciaARG
Primera Instancia

MONTEROS ROSA DEL VALLE C/ INSTITUTO MEDICO LABORAL ZARATE y otro/a S/ DESPIDO

La actora promovió acción por despido y las partes celebraron un acuerdo conciliatorio. El Tribunal homologó el acuerdo por considerar que constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y fijó reglas de pago, costas y regulación de honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 2 - ZARATE
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
44921
Homologacion de acuerdo Despido Tribunal del trabajo (zarate) Costas Honorarios (jus) Suspension de pago por falta de cbu Liquidacion por secretaria Cuenta sueldo / cbu Iva honorarios Ley 15057 / lct (arts. citados)

¿Quién es el actor?

Monteros Rosa del Valle.

¿A quién se demanda?

Instituto Médico Laboral Zárate S.A. y Toyota Argentina S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pretensión derivada de despido (autos caratulados "MONTEROS ROSA DEL VALLE C/INSTITUTO MÉDICO LABORAL ZÁRATE Y OTRO S/DESPIDO") y, en consecuencia, la celebración de acuerdo conciliatorio sobre capital y accesorios.

¿Qué se resolvió?

Homologar el acuerdo conciliatorio celebrado en el día de la fecha; intimar a la actora a denunciar CBU; suspender plazos de pago hasta acreditación de cuenta; costas a cargo de las demandadas en proporción al capital; regular honorarios y disponer forma de pago y comprobantes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Tomando en consideración los planteos formulados, el modo en que ha quedado trabada la litis, elementos obrantes en autos y particularidades del caso, surge que, con el acuerdo arribado, se ha logrado una justa composición de los derechos e intereses de las partes y no se advierte violación de derechos protegidos por el orden público por todo lo cual DEBE HOMOLOGARSE EL ACUERDO (arts. 12, 13, 15, 277 L.C.T.; art. 30 ley 15057)."

"COSTAS del acuerdo a cargo de las demandadas en proporción al capital aportado por cada una de ellas, quienes deberán acreditar mediante los comprobantes correspondientes, el pago del 50% de la tasa de justicia (1,1%) y su contribución (5% del 1,1%), de conformidad a lo dispuesto en los arts 295, 296 del Código Fiscal (arts. 24, 25, 26, 27 de la ley 15057), conforme liquidación que se practicará por Secretaría..."

"REGULANSE los honorarios de la representación letrada de la actora en 5,47 jus en forma conjunta y sin perjuicio de su posterior discriminación y los de la representación letrada de la demandada Instituto Médico Laboral Zárate S.A, en 2,73 jus atento el mínimo de la escala legal solicitado, los honorarios de la representación letrada de la demandada Toyota Argentina S.A. en 5,47 jus en forma conjunta y sin perjuicio de su posterior discriminación, y los del perito contador en 0,82 jus, con más adicionales de ley ... y el 21% de IVA en caso de acreditarse su inscripción al mismo."

Bloque dispositivo (resolutivo):

"1) HOMOLOGAR el acuerdo conciliatorio celebrado en el día de la fecha (arts.12, 13, 15, 277 L.C.T.; art. 30 ley 15057).

2) A los fines de efectivizarse el/los pago/s pactado/s en concepto de CAPITAL, INTIMASE a la parte actora para que dentro del término de dos (2) días acredite en el expediente la titularidad exclusiva de una cuenta abierta a nombre del actor en una entidad bancaria (cuenta sueldo) ... debiendo el interesado en el mismo plazo, denunciar el CBU ...

Hasta tanto se encuentre acreditada debidamente en autos la cuenta a nombre del actor, el plazo para el pago del CAPITAL de condena contenido en la presente sentencia, se encuentra SUSPENDIDO.

3) COSTAS del acuerdo a cargo de las demandadas quienes deberán acreditar en igual proporción al capital pactado ... conforme liquidación que se practicará por Secretaría ...

4) Los pagos de tales honorarios (y pacto de cuota litis en caso de corresponder), aportes y/o IVA, deberán efectivizarse mediante depósitos en la cuenta bancaria que a tales fines denuncien en autos los profesionales interesados ... bajo apercibimiento de oficiar a la Caja de Abogados ...

5) REGISTRESE y NOTIFIQUESE por Secretaría, con entrega de copia de la liquidación que se practicará."

¿Cómo votaron los jueces?

El Dr. Daneri expuso fundamento y votó la homologación; los Dres. Viviant y Cappello adhieren al voto precedente. El bloque dispositivo fijado por el Tribunal es por mayoría.

Normas que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.