CORDOBA DANIEL ESTEBAN C/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ ENFERMEDAD ACCIDENTE
El actor demandó a la aseguradora de riesgos del trabajo por enfermedad/accidente y las partes celebraron una conciliación por $8.000.000. El Tribunal homologó la conciliación por considerar que alcanza una justa composición de los derechos e intereses de las partes y reguló costas, tasa de justicia y honorarios.
¿Quién es el actor?
CORDOBA DANIEL ESTEBAN.
¿A quién se demanda?
EXPERTA A.R.T. S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por enfermedad/accidente de trabajo (causa caratulada "CORDOBA DANIEL ESTEBAN C/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ ENFERMEDAD ACCIDENTE") y las partes celebraron una conciliación.
¿Qué se resolvió?
Se homologó la conciliación por la suma de PESOS OCHO MILLONES ($ 8.000.000), se reguló la tasa de justicia ($176.000 más $8.800 de sobretasa) y se fijaron los honorarios de letrados y peritos conforme al detalle. Además, se ordenaron modalidades de pago y documentación a aportar por beneficiarios y profesionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La conciliación arribada alcanza, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes no enervando consecuentemente, las disposiciones laborales de orden público emanado de los arts.15 y 263 L.C.T., por lo que corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada (art. 30 de la Ley 15.057 - RC 1840/24 SCBA). .-Costas conforme a lo solicitado.-"
"El Tribunal RESUELVE: 1) HOMOLOGAR la conciliación celebrada entre las partes actora CORDOBA DANIEL ESTEBAN y la demandada EXPERTA A.R.T S.A., por la suma de PESOS OCHO MILLONES ($ 8.000.000) imputable a los rubros reclamados en autos y en la forma pactada en el Acuerdo presentado."
"3) No ha lugar a la exención del pago de la tasa de justicia y su adicional, correspondiendo fijar en concepto de TASA de JUSTICIA, la suma de $ 176.000, ... y con más el 5 % de Sobretasa Contribución Caja de Abogados, la suma de $ 8.800, bajo apercibimiento de ley..."
"5) REGULACION DE HONORARIOS: ... regúlanse los honorarios de la letrada apoderada de la parte actora Dra. GENTILE ANALIA VIVIANA ... ($800.000) y la Dra. PANTUSO GISELLE LUDMILA ... ($800.000) ... del letrado apoderado de la parte demandada Dr. MARTIN PINTO KRAMER ... ($1.600.000) ... Regúlanse los honorarios de la Perito médico Dra. MOLINA MICAELA, en la suma de pesos CUATROCIENTOS MIL ($400.000) ... los del perito Ingeniero EMILIANO BALDINO, en la suma de pesos CUATROCIENTOS MIL ($400.000)..."
"6) SUMAS A DARSE EN PAGO: a) La demandada deberá depositar el CAPITAL del actor/a en la 'CUENTA SUELDO' del trabajador/a, siempre que aquella se encuentre disponible (ART. 17 Ley 27.348 y 124 de la LCT).... b) Los HONORARIOS de los PROFESIONALES INTERVINIENTES ... DEBERAN SER ABONADOS en las cuentas bancarias personales de dichos profesionales..."
Votación / mayoría: La decisión surge del acuerdo del Tribunal (VODEB como preopinante; AMODIO y GINOCCHIO adhieren). El bloque dispositvo final es el que manda: la conciliación se homologó por unanimidad del Tribunal.
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Normas que cita
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)art. 30
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 2, 9, 13, 15, 16, 21, 23, 24, 25, 28, 43, 54
- Ley 8.455 (Provincia De Buenos Aires)art. 12
- Ley 27.348art. 17 · Riesgos del trabajo
- Ley 6.716 (Provincia De Buenos Aires)art. 12
- Ley 15.563 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 6.742 (Provincia De Buenos Aires)art. 35
- CPCCBA (Provincia De Buenos Aires)art. 340
- Acordada 3.827 (Provincia De Buenos Aires)art. 11
- Acordada 3.975 (Provincia De Buenos Aires)
- Acordada 4.039 (Provincia De Buenos Aires)arts. 10, 13
- Acordada 4.013 (Provincia De Buenos Aires)
- Resolución 38/13 (SPL) (Provincia De Buenos Aires)
- 1.845/64 (Provincia De Buenos Aires)art. 8
- Comunicación A 6876 (BCRA)
- Ley 20.744
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