JurisprudenciaARG
Primera Instancia

CEBALLOS JULIO RICARDO C/ LA SEGUNDA ART SA S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

Incidente de acumulación solicitado en reclamos por incapacidades laborales con dictámenes de Comisión Médica. El Tribunal hizo lugar por mayoría a la acumulación entre las causas SN-10007-2024 y SN-324-2024 por riesgo de sentencias contradictorias y por aplicación del principio de prevención.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 1 - SAN NICOLAS
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
SN-10007-2024
Acumulacion de procesos Ley 15.057 Comision medica jurisdiccional Principio de prevencion Sentencias contradictorias Incapacidad laboral Costas en el orden causado Tribunal del trabajo Competencia Pericia fonoaudiologica.

¿Quién es el actor?

Julio Ricardo Ceballos.

¿A quién se demanda?

La Segunda ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acciones de revisión de pronunciamientos de la Comisión Médica Jurisdiccional (Ley 15.057) por minusvalías/incapacidades derivadas de enfermedades laborales; en particular reclamos indemnizatorios por incapacidad auditiva y otras dolencias vinculadas a la relación laboral.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar, por mayoría, al pedido de acumulación de procesos y se ordenó la acumulación de la causa SN-10007-2024 con la causa SN-324-2024 (de trámite ante el Tribunal de Trabajo n.º 3). Las costas en el orden causado. Devuélvase el expediente SN-324-2024 al Tribunal de origen y comuníquese la continuidad de la tramitación ante el Tribunal de Trabajo n.º 3.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Del voto del Dr. Mena:

"En efecto, si bien las dolencias reclamadas en cada expediente difieren entre sí, se observa una identidad de partes en razón de la coincidencia del sujeto titular del interés materia de conflicto y una identidad de causa, en cuanto al origen de las incapacidades aducidas; evidenciándose además, una similitud de objeto, cual es el reclamo de indemnizaciones fundadas en incapacidades en el marco de la misma relación laboral."

"Que en tales circunstancias, dichos juicios no pueden ser decididos separadamente sin riesgo de incurrir en sentencias contradictorias o de cumplimiento imposible por efecto de la cosa juzgada; por lo que corresponde ordenar su acumulación (art. 188 del CPCC y art. 15 de la ley 15.057 y Res. SCBA n° 1840-2024)."

"Entonces, y toda vez que en los presentes el trabajador reclama ser indemnizado por la incapacidad que invoca presentar en su aparato auditivo, el riesgo del dictado de sentencias contradictorias se advierte evidente, y con ello se reafirma la necesidad de su tramitación conjunta."

Del bloque resolutivo final del Tribunal:

"1º) Hacer lugar, por mayoría, a la acumulación de procesos solicitada (art. 188 del CPCC y art. 15 ley 15.057 y Res. SCBA 1840-24). En virtud del principio de prevención (art. 189 CPCC) dispóngase la acumulación de la presente a la causa N° SN-324-2024 de trámite por ante el Tribunal de Trabajo n°3, departamental. Firme, comuníquese a la Receptoría General de Expedientes a los efectos de su toma de razón y cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo 3397/08.-

2°) Las costas deberán ser soportadas en el orden causado (arts. 24 de la ley 15.057 y Res. SCBA n° 1840-2024 y 68, C.P.C. y C.)."

(Nótese que los tres votos constan: Mena fundamenta; Telechea adhiere; Pérez Herrera adhiere, conformando la mayoría que resolvió como consta en el bloque dispositivo.)

Normas que cita

  • Ley 27.348arts. 1, 2 · Riesgos del trabajo
  • Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 2 inc. "j", 15, 24, 36, 89
  • Acordada 1840 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)
  • CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 68, 188, 189
  • CPCyC (Provincia De Buenos Aires)art. 68
  • Acordada 3397/08 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)
  • Acordada 4013/21 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)
  • Acordada 4039/21 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)

Fallos que cita

  • LipnepSCBA · 20/04/2016
  • MerloSCBA · 17/10/2018
  • SEMYMSCBA · 20/11/2020

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.