CASCO ERIKA SILVINA C/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La actora promovió demanda de regulación de honorarios extrajudiciales por su actuación como letrada patrocinante en expediente administrativo SRT N° 85660/25. El Tribunal hizo lugar a la pretensión regulatoria y reguló los honorarios a cargo de GALENO ART S.A., imponiendo además costas en el orden causado.
¿Quién es el actor?
Doctora Casco Erika Silvina, con patrocinio del Dr. Dan Ammiel Krell.
¿A quién se demanda?
GALENO ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación de honorarios profesionales extrajudiciales devengados por la actuación de la letrada en el Expediente Administrativo S.R.T. N° 85660/25 (Comisión Médica N° 373 - Delegación Quilmes) por divergencia en la determinación de la incapacidad.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la pretensión regulatoria y se regularon los honorarios de la actora en 3,49 céntimos de JUS, equivalente a $186.000 al momento del pago (según valor jus actualizado a octubre de 2026), con más 10% de aportes y 21% IVA en caso de corresponder; se impusieron las costas en el orden causado; además se reguló el honorario del letrado patrocinante Dr. Dan Ammiel Krell en la suma equivalente a 7 JUS.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que conforme documental que obra en autos, de conformidad con lo dispuesto por el último párrafo del artículo 1º de la Ley 27.348, el artículo 37 de la Resolución Nº 298/17 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y su similar 2 inciso h) de la Ley 15.057, corresponde hacer lugar a la regulación de honorarios solicitada por la actora."
"Que a tales fines, deben tenerse en cuenta (artículo 16 de la Ley 14.967):
a) Que la liquidación de prestación dineraria efectuada en sede administrativa asciende a la suma de PESOS CINCO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON OCHENTA Y UN CENTAVOS ($5.292.245,81.-);
b) Que la parte actora invoca y se acreditó en autos en debida forma conforme expediente administrativo SRT arrimado a sus efectos, que actuó asistiendo profesionalmente al trabajador Sr. Romero Sergio Nicolás, en el procedimiento establecido por la Ley 27.348 y Res. SRT 298/2017 por ante la Comisión Médica N° 373 Delegación Quilmes..."
"Que en las mencionadas actuaciones se desprende que se le otorgó al trabajador el 3.60 % de incapacidad laboral permanente parcial y definitiva;
Que con fecha 30/06/2025 la autoridad administrativa homologó y aprobó el procedimiento administrativo mediante dictado de disposición particular DIAPA-2025-15776-APN-SHC37#SRT;"
"Que ahora bien, los usos y costumbres del fuero indican que, en los casos en los que se celebran acuerdos conciliatorios luego de haber transitado el proceso judicial completo..., las partes convienen los honorarios de los letrados de la parte actora en el veinte por ciento (20%) del capital conciliado;
... entiendo que en el caso de autos los honorarios de la parte actora deberían ser regulados en un importe que asciende al ocho por ciento (8%) tomando como base la liquidación de prestación dineraria efectuada en sede administrativa..."
"Por todo ello, propongo regular los honorarios profesionales de la letrada actora... tomando como parámetro el ocho por ciento (8%) de la liquidación de prestación dineraria, que asciende a la suma de PESOS CUATROCIENTOS VEINTITRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($423.379,66.-), y a su vez,... corresponde regularle a la mencionada, la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y DOS MIL ($142.000.-), equivalente a TRES CON CUARENTA Y NUEVE (3,49) CÉNTIMOS DE JUS. Se deja expresa constancia que a dichos fines se toma el valor jus correspondiente al mes de Junio de 2025 -fecha en que aprobó procedimiento administrativo- valor jus que asciende a $40.684 (Ac. 4190/25 S.C.B.A.)."
Bloque dispositivo final (decisión del Tribunal, mayoritaria):
"el Tribunal RESUELVE: 1°) Hacer lugar a la pretensión regulatoria ... en la suma de TRES CON CUARENTA Y NUEVE (3,49) CÉNTIMOS DE JUS, equivalente a PESOS CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL ($186.000.-) -según valor jus actualizado al mes de Octubre de 2026...; 2°) Imponer las costas del proceso en el orden causado...; 3°) Regúlanse los honorarios del Dr. DAN AMMIEL KRELL ... en la suma de pesos equivalente a SIETE (7) JUS..."
¿Cómo votaron los jueces?
El acuerdo muestra votación unánime de los jueces Rodriguez Ponte, Casquero y Zicavo adhiriendo a los mismos fundamentos; no hubo disidencia.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 27.348art. 1 · Riesgos del trabajo
- Resolución 298/17art. 37
- Ley 15.057 (Caba)art. 2 inc. h
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 2, 9 cap. II inc. 10, 10, 13, 14, 15, 16, 21, 23, 28, 29, 43, 44 inc. b, 51, 54, 55, 58
- CPCCBA (Provincia De Buenos Aires)arts. 68, 69
- Ley 8.455 (Provincia De Buenos Aires)art. 12
- Decreto 522/17 E (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 24.557art. 34 · Ley de riesgos del trabajo
- Resolución 28.117 (Superintendencia de Seguros de la Nación)
- Acordada 4190/25 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)
- Acordada 3971/20 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)
- Acordada 4039/21 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)arts. 10, 13 cap. II
- Acordada 4013 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)
- Acordada 10/20 (SCBA, Res. Presidencia) (Provincia De Buenos Aires)art. 1 acápite 3 c
- CCyCNart. 552 · Codigo civil y comercial de la nacion
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.