VILLALBA RAMON BASILIO C/ SERENA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.U. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
Demanda por accidente de trabajo y acción especial con acuerdo conciliatorio entre actor y ART. El Tribunal homologó el convenio celebrado el 27/10/2026, imponiendo las costas a la demandada y regulando honorarios y pagos conforme lo pactado y la normativa aplicable.
¿Quién es el actor?
Villalba Ramón Basilio.
¿A quién se demanda?
Serena Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.U.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción especial por accidente de trabajo (potenciales créditos derivados del accidente).
¿Qué se resolvió?
Se homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes en la audiencia del 27/10/2026; se impusieron las costas a la demandada; se reguló y ordenó forma de pago del capital conciliado, honorarios de letrados y peritos, IVA, tasa de justicia y requisitos de acreditación de cuentas y pagos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) Voto del Juez preopinante:
"Que la conciliación arribada entre la parte actora y demandada en la audiencia celebrada el día 27/10/2026 no vulnera ningún principio de orden público y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional, conforme lo dispuesto en los arts. 12 y 15 L.C.T.
Que la conciliación es una de las formas posibles de concluir el juicio (art. 30 de la ley 15.057), y el convenio celebrado entre partes hace a la celeridad procesal que debe imprimirse a todo trámite en el que se ventilen cuestiones de índole alimentario, tal es el de los potenciales créditos reclamados en autos.
Que asimismo, las partes han pactado la multa aplicable en caso de que se incumpla la obligación y la misma resulta proporcionada con el monto conciliado (art 790 CCC), estableciendo además, que la demandada se hará cargo de las costas originadas por la presente acción.
Por ello voto por la homologación del mencionado convenio conciliatorio."
2) Bloque dispositivo final (resolutivo):
"RESUELVE:
I.- HOMOLOGAR el acuerdo conciliatorio celebrado entre la parte actora y demandada en la audiencia celebrada el 27/10/2026, en los términos de lo normado por los arts. 12, 15 y ccdts. de la L.C.T.
II.- IMPONER las costas a cargo de la DEMANDADA (arts. 24, 25 y ccdts. de la ley 15.057).
III.- HONORARIOS: tener presente lo acordado por las partes en materia de honorarios (art. 959 C.C.C). En consecuencia, regúlanse los honorarios de los letrados intervinientes, de la parte actora, LEMOS MARIA GUADALUPE en 29,18 JUS ($1.600.000), con más el 10% de aportes previsionales..., y por la parte demandada RODRIGUEZ VERONICA NATALIA en 10.94 JUS ($600.000) y la Dra LETICIA AYELEN DE LA ROSA FERNANDES en 3,64 JUS ($200.000) todas con más el 10% de aportes previsionales...
IV.- HONORARIOS DE PERITOS: ... FRONTINI RUBEN ROBERTO, SANTORO MARINA ALEJANDRA y D AMBROSIO GABRIELA en la suma de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($400.000), para cada uno de ellos, todo/as con más el 10 % de aportes de ley.
V.- IVA: hágase saber al condenado en costas que los importes regulados en autos a todos los profesionales intervinientes, incluirán el respectivo porcentaje de IVA...
VI.- ACREDITACION DE LOS PAGOS: el capital conciliado deberá ser depositado en la 'cuenta sueldo' o cuenta bancaria de titularidad de la parte trabajadora... la parte actora dentro del tercer día de notificada la presente, deberá denunciar y acreditar fehacientemente en autos titularidad y datos de la cuenta respectiva... El plazo acordado para el cumplimiento del presente comenzará a computarse una vez que se encuentre acreditado en autos dicho requerimiento.
VI.- TASA DE JUSTICIA: ... intimese a la DEMANDADA para que dentro del plazo de cinco días ACREDITE EL PAGO DE LA TASA DE JUSTCIA por la suma de 176.000 ... bajo apercibimiento de pasar las actuaciones a la Sra. agente Fiscal."
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. Valcarce propuso homologar y los Dres. Gabriele y Cáceres adhirieron, votando en igual sentido; el dispositivo final homologa el acuerdo (mayoría unánime).
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Normas que cita
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 24, 25, 30
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 16, 21, 23, 54
- Ley 6.716 (Provincia De Buenos Aires)arts. 15, 21
- Ley 26.950Convenios
- CCyCNarts. 790, 959 · Codigo civil y comercial de la nacion
- Acordada 3975 (Provincia De Buenos Aires)arts. 7, 8
- Ley 20.744
Fallos que cita
- CIA GRAL. DE COMBUSTIBLES SA S/ RECURSO DE APELACIONCSJN · 16/06/1993
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