RUIZ CARMELO ADRIAN C/ GALENO A.R.T. S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
El actor promovió acción de revisión contra la aseguradora de riesgos del trabajo por lesiones derivadas de un accidente laboral y reclamó indemnizaciones. El Tribunal rechazó la demanda por entender que no se probó incapacidad física ni psíquica atribuible al accidente, apoyándose en las pericias médicas y psicológicas que llegaron firmes.
¿Quién es el actor?
ADRIAN CARMELO RUIZ, con patrocinio del Dr. Facundo Ezequiel Olazar.
¿A quién se demanda?
GALENO A.R.T. S.A., representada por Dra. Rosa Elizabeth Calandria.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Revisión judicial de la decisión de la Comisión Médica jurisdiccional y cobro de indemnizaciones por incapacidad derivada de un accidente de trabajo ocurrido el 27/03/2018 conforme Ley 24.557 y normas complementarias.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó en su totalidad la demanda por carecer de causa jurídica que la sustente; se impusieron las costas al actor con beneficio de ley; se reguló honorarios de letrados y peritos (monto y condiciones especificadas).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"II.- Despejado ello, corresponde determinar judicialmente si el accionante porta incapacidad psicofísica, y - en su caso- si dicha incapacidad guarda o no relación de causalidad con el evento dañoso denunciado ante la aseguradora ART contratada por su empleador.-
Para ello, se ha producido prueba pericial médica y psicológica.-
En su informe el perito medico RUBEN ROBERTO FRONTINI evalúa al actor mediante examen físico y compulsa de estudios complementarios acompañados y concluye del mismo que no surgen alteraciones que permitan inferir secuelas incapacitantes consecuencia de la hernioplastía derecha sin secuelas post-quirúrgicas.-
La pericia fue impugnada por la actora y el perito respondió presentaciones éstas a las que me remito. por su parte, el perito ratifica que el actor presenta una hernioplastía sin secuelas funcionales, sin evidencia clínica ni ecográfica de recidiva, adherencias o complicaciones. Señala que la pequeña solución de continuidad músculo-aponeurótica no presenta protrusión ni repercusión funcional. Asimismo, sostiene que el dolor referido carece de correlato objetivo que permita cuantificar incapacidad. En consecuencia, considera que no existe incapacidad laboral indemnizable conforme al Baremo de la Ley 24.557 y ratifica las conclusiones de su informe pericial.-
Analizando la pericia, el tipo de accidente acaecido y la mecánica descripta, las impugnaciones formuladas y la respuesta del experto a dicha impugnación no encuentro motivos para apartarme de las conclusiones arribadas por el medico toda vez que surgen como consecuencia de la evaluación efectuada al actor y compulsa de estudios acompañados y gozan de suficiente rigor científico (art. 474 CPCC).
Paralelamente, ADRIAN CARMELO RUIZ fué evaluado por ANALIA FERNANDA LOJO quien en su informe indica sobre las distintas técnicas administradas para efectuar la evaluación requerida y concluye que el actor no presenta patología psíquica reactiva a causa de los hechos de autos.-
El informe llega firme a esta instancia y tampoco encuentro motivos para apartarme del mismo todas vez que las conclusiones a las que se arriba en el poseen debido rigor científico (art 474 CPCC).-
Por ello, juzgo que no se ha probado en autos que ADRIAN CARMELO RUIZ porte incapacidad física y/o psicológica que resulte atribuible al accidente por el que se acciona y como consecuencia de ello, propongo rechazar en su totalidad la pretensión actoral por no existir causa jurídica que la sustente (art. 726 del CCC).-"
Además, se incluye el bloque dispositivo final:
"el Tribunal RESUELVE:
1) RECHAZAR en su totalidad la demanda iniciada por ADRIAN CARMELO RUIZ contra GALENO A.R.T. S.A. por carecer de causa jurídica que la sustente (art. 726 CCC).
2) COSTAS: Las costas del juicio se imponen al actora con el beneficio de ley (art. 24, 27 de la ley 15.057, art. 20 de la LCT)."
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Normas que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 57, 24, 27
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 375, 474
- CCyCNarts. 726, 730 · Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 16, 21, 22, 24, 25, 28, 43, 51, 54, 57
- Ley 6716 (Provincia De Buenos Aires)arts. 12, 16, 20
- Ley 10268 (Provincia De Buenos Aires)art. 12
- Ley 10620 (Provincia De Buenos Aires)arts. 168, 169, 207
- Ley 24432art. 8 · Honorarios profesionales
- CPart. 173 · Codigo penal
- Acordada 3975 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 20.744
Fallos que cita
- Zuccoli c/ Sum S.A. s/ Ds. y Ps.SCBA · 02/10/2002
- PallasaSCBA · 06/11/2019
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