CORVALAN DANIELA LILIAN C/ PALAZZOLO SUSANA Y OTRO/A S/ DESPIDO
La actora promovió desistimiento de la acción y acuerdo conciliatorio en causa por despido. El Tribunal homologó el desistimiento y el convenio celebrados el 28/10/2026, impuso costas a la demandada y reguló honorarios conforme a la ley arancelaria por prudente arbitrio judicial.
¿Quién es el actor?
CORVALAN DANIELA LILIAN.
¿A quién se demanda?
PALAZZOLO SUSANA y AGUIRRE GUSTAVO DANIEL.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
juicio por despido y potenciales créditos laborales; en oportunidad de audiencia la parte actora desistió de la acción respecto de uno de los codemandados y las partes celebraron un acuerdo conciliatorio que se solicitó homologar.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó el desistimiento y el acuerdo conciliatorio celebrado el 28/10/2026; impuso las costas a cargo de la demandada; reguló honorarios de los letrados intervinientes y ordenó formalidades de depósito en cuenta sueldo, notificaciones y pago de la tasa de justicia por $46.200.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que el desistimiento de la acción formulado por la parte actora respecto del codemandad AGUIRRE GUSTAVO DANIEL no viola ningún principio de orden público (art. 304 y 305 del C.P.C.C) y asi mismo ha sido ratificado de forma personal (Art 277 LCT)."
"Que la conciliación arribada entre la parte actora y demandada obrante en la presentación electrónica de fecha 28/10/2026 no vulnera ningún principio de orden público y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional, conforme lo dispuesto en los arts. 12 y 15 L.C.T."
"I.- HOMOLOGAR el desistimiento de la acción y acuerdo conciliatorio celebrado entre la parte actora y demandada en la audiencia celebrada en fecha 28/10/2026, en los términos de lo normado por los arts. 12, 15 y ccdts. de la L.C.T.
II.- IMPONER las costas a cargo de la DEMANDADA (arts. 24, 25 y ccdts. de la ley 15.057).
III.- HONORARIOS: ... En consecuencia, regúlanse los honorarios de los letrados intervinientes, de la parte actora, CABELLO CLAUDIA en 2.55 JUS ($140.000), y CASCARINO MARIA ELENA en 5.11 JUS ($280.000) ... y por la parte demandada DEPIRRO DIEGO F en 7.66 JUS ($420.000) ..."
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Normas que cita
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 30, 24, 25
- CCyCNarts. 790, 959, 552 · Codigo civil y comercial de la nacion
- CPCCNarts. 304, 305 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 22, 16, 21, 23, 54
- Ley 6.716 (Provincia De Buenos Aires)arts. 15, 21
- Ley 26.590Contrato de trabajo
- Decreto-ley 8904 (Provincia De Buenos Aires)
- Acordada 3975 (Provincia De Buenos Aires)arts. 7, 8
- Ley 20.744
Fallos que cita
- CIA GRAL. DE COMBUSTIBLES SA S/ RECURSO DE APELACIONCSJN
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