VELTRI ANALIA SOLEDAD C/ BRUERA MARTA ELISABET S/ DESPIDO
La actora promovió demanda por indemnización por despido indirecto alegando relación de dependencia doméstica no registrada desde el 10/03/2018 hasta el 18/06/2021. El Tribunal rechazó la demanda por no haberse acreditado el vínculo jurídico laboral, imponiendo costas por su orden y regulando honorarios en 7 jus para cada profesional.
¿Quién es el actor?
Analía Soledad Veltri, representada por el Dr. Leandro Guillermo González Frea.
¿A quién se demanda?
Marta Elisabet Bruera, representada por el Dr. Juan Pablo Merlo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de indemnización por despido indirecto por supuesto vínculo laboral doméstico (categoría 5, ley 26.844) desde el 10/03/2018, con remuneración mensual $12.000; la demandante alega negativa de tareas e intimaciones en junio de 2021 y telegramas, considerándose despedida el 18/06/2021.
¿Qué se resolvió?
Rechazo total de la demanda por no acreditarse la existencia del vínculo jurídico laboral y por falta de causa (art. 726 CCyCN). Se imponen las costas por su orden y se regulan honorarios en 7 jus para cada apoderado, más suplementos legales e IVA si corresponde.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La falta de contestación de la demanda no exime a la parte actora de la carga de aportar al juicio los elementos de convicción que justifiquen la legitimidad de sus pretensiones... La declaración de rebeldía de la contraria sólo crea una presunción a su favor respecto de la veracidad de los hechos que constan en la demanda, pero no tiene por sí el efecto de tomar a ésta procedente..."
"Lo cierto es que ninguna prueba asertiva acreditó la existencia misma del vínculo laboral. La demandada, quien se presentó en la audiencia de vista de causa, negó rotundamente todas y cada una de las posiciones que da cuenta el pliego abierto agregado con la demanda..."
"Por lo tanto, ante la orfandad probatoria que acredite de manera asertiva que Veltri se desempeñó laboralmente para Bruera, la mera presunción legal debido a la omisión en que la demandada incurriera en contestar la demanda es ciertamente insuficiente... En conclusión, no se comprobó que Analía Soledad Veltri se desempeñó en relación de dependencia de Marta Elisabet Bruera. Por consiguiente, la demanda será rechazada en su totalidad por inexistencia del vínculo jurídico laboral y falta de causa (art. 726 CCyCN)..."
(Se consignan asimismo las referencias a la inadmisibilidad probatoria de los telegramas como acreditación del vínculo y la cita de jurisprudencia sobre la carga probatoria y efectos de la rebeldía).
¿Cómo votaron los jueces?
Los tres magistrados (Toyos, López y Maestri) votaron en igual sentido; el bloque dispositivo final confirma el rechazo.
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Normas que cita
- Ley 26.844Servicio domestico
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 57, 89
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 354, 375
- CCyCNart. 726 · Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 11.653 (Provincia De Buenos Aires)arts. 29, 63
- Ley 8455 (Provincia De Buenos Aires)art. 12
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 15, 16, 21, 22, 28, 43
Fallos que cita
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