LUDUEÑA MARTINEZ FABIO DAMIAN C/ PROVINCIA ART SA S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
El actor promovió acción de revisión de resolución administrativa y pidió que se declare la inconstitucionalidad de diversas normas y se condene a Provincia ART S.A. por rechazo de cobertura por supuesto accidente in itinere. El Tribunal rechazó íntegramente la demanda por no acreditarse el nexo causal entre el hecho narrado y las secuelas, y declaró abstracta la cuestión de inconstitucionalidad; impuso costas al actor.
¿Quién es el actor?
Fabio Damián Ludueña Martinez, representado por el Dr. Diego Angel López.
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A., representada por el Dr. Gonzalo Oscar Rivero.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción ordinaria de revisión de resolución administrativa conforme art. 2 inc. j ley 15.057 contra la decisión de la Comisión Médica Jurisdiccional (Expte. SRT N° 406145/24) que rechazó carácter laboral de la contingencia; se reclama que se declare la inconstitucionalidad de múltiples artículos de las leyes 24.557, 26.773 y normas conexas; se solicita la condena de la ART al otorgamiento de prestaciones e indemnizaciones por la rotura completa del tendón de Aquiles ocurrida el 24/02/2024, con costas, intereses y honorarios.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, el Tribunal rechazó en todas sus partes la demanda; impuso las costas al actor; declaró abstracto el pedido de inconstitucionalidad; difirió regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Texto transcripto (selección de los párrafos más relevantes, lenguaje original del Tribunal):
"Producida la pericia médica ordenada en autos, el galeno interviniente Dr. Fabián Ricardo Gómez, expresó en su dictamen que el actor posee lesiones musculares y tendinosas con su repercusión funcional en tobillo izquierdo (dolor, edema residual, cicatriz queloide) que le producen un 2 % de incapacidad que sumados los factores de ponderación que aplican (actividad 0,15 % y edad 0,05 %) su incapacidad parcial, permanente y definitiva asciende al 2,20 % de la t.o. según el Baremo de la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales del Decreto 659/96, modificado por el decreto 49/14, sobre Riesgos del Trabajo, marco normativo de la Ley 24.557."
"Ahora bien, resulta un imperativo del interés del litigante acreditar en autos que la dolencia que le aqueja dictaminada previamente resulta ser de características laborales in itinere, como relata en su demanda, circunstancia esta que no ha sido acreditada por medio de prueba alguno de los producidos en autos."
"No se hallan en autos elementos que acrediten relación de causalidad entre el evento denunciado y las secuelas surgentes de la pericia médica producida. Por ello, y atendiendo a los fundamentos que se desprenden de la presente cuestión, corresponde el rechazo de la demanda incoada por el trabajador actor en la litis, lo que así propongo al Acuerdo (art. 57 ley 15.057)."
"El acto administrativo de fecha 8 de octubre de 2.024 dictado en el expediente nro. Nº 406145/24 por de la Comisión Medica Jurisdiccional, en cuanto desconoce el carácter laboral de la patología alegada, reviste los caracteres de presunción de legitimidad y ejecutoriedad (art. 7 de la ley 19.549), tópico que no ha sido modificado por prueba alguna del justiciable (art. 375 CPCC)."
¿Cómo votaron los jueces?
"Entiendo que la contingencia no vino controvertida a esta instancia. De hecho Provincia ART S.A cuando rechaza la cobertura (ver CD de fecha 27/02/2024 acompañada por la actora y obrante en el Expte Adm anejo en autos), expresamente reconoce el mecanismo accidentologico pero rechaza la relación de causalidad entre la lesión del actor, relación de causalidad que fue determinada en la pericial médica... Voto por la Afirmativa." (Dr. Javier Bertolotti, disidencia)
Conclusión mayoritaria: la falta de prueba del nexo causal y la presunción de legitimidad/ejecutoriedad del acto administrativo determinan el rechazo de la demanda y la declaración de abstracción sobre las pretensiones de inconstitucionalidad.
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Normas que cita
- Ley 24.557art. 28 · Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773arts. 3, 4, 8, 9, 17 · Riesgos del trabajo
- Decreto 472/2014art. 17
- Decreto 659/1996
- Decreto 49/2014
- Decreto 1278/2000art. 2
- Ley 19.549art. 7 · Normas
- Ley 23.928art. 7 · Convertibilidad del austral
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 2, 8, 24, 34, 57, 58, 89
- Constitución (Provincia De Buenos Aires)art. 168
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 263, 354, 375
- CCyCNarts. 3, 4 · Codigo civil y comercial de la nacion
- Acordada 4039/21 (Provincia De Buenos Aires)
- Acordada 3975/20 (Provincia De Buenos Aires)
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- BARRIOSSCBA
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