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Primera Instancia

BALLINI LUCAS ARIEL C/ AUTOSEGURO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

El actor solicitó la regulación de honorarios por tarea extrajudicial realizada en la Comisión Médica en el expediente SRT N°124474/24. El Tribunal reguló los honorarios en 7 JUS por la actuación administrativa y 2,10 JUS por el incidental judicial, y por mayoría impuso las costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO - AZUL
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
20252
Honorarios Comision medica Ley 14.967 Ley 27.348 Res. srt 298/17 7 jus 2 10 jus Costas Expediente srt 124474/24 Fisco provincial

¿Quién es el actor?

Dr. Lucas Ariel Ballini.

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Provincia de Buenos Aires (Autoseguro de la Provincia de Buenos Aires).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios profesionales por trabajos extrajudiciales realizados ante la Comisión Médica Jurisdiccional N°12.4 de Azul en el Expediente Administrativo SRT N°124474/24 (a favor de Darío Osvaldo Silva). Se invocan art. 55 Ley 14.967, art. 1 in fine Ley 27.348 y art. 37 Res. SRT 298/17.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría se regulan honorarios por la actuación administrativa en 7 JUS y por la actuación incidental judicial en 2,10 JUS; se imponen las costas del proceso a la demandada; la suma deberá ser depositada por el Fisco provincial en 60 días y se exige acreditación del pago de aportes a la Caja de Abogados en 5 días una vez percibidos los honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El único acuerdo referenciado en autos es aquel previsto como finalización del trámite de Comisión Médica, siendo tal paso procedimental necesario e imprescindible para la conclusión del procedimiento administrativo. El caso de autos debe encuadrarse en el marco de lo previsto por el art. 44 inc. b) del citado régimen arancelario."

"El procedimiento finalizó con el Dictamen Médico de fecha 22/03/2024 que dispuso que el trabajador debía continuar recibiendo las prestaciones en especie indicadas, por no haberse agotado los recursos terapéuticos para su recuperación; es decir, se reconoció, al menos parcialmente, la pretensión del trabajador. En consecuencia, la labor profesional resultó tanto 'oficiosa' como fructífera en los términos del art. 37 Res. 298/17, quedando configurado el doble recaudo que la norma exige."

"No corresponde aplicar aquí un cálculo porcentual sobre monto alguno, en tanto el procedimiento no concluyó con el reconocimiento de una prestación dineraria ni con la determinación de un porcentaje de incapacidad que permita establecer un 'monto del asunto' susceptible de apreciación pecuniaria. Por ello, ponderando el valor, mérito y calidad jurídica de la labor desarrollada, el resultado obtenido y las demás pautas del art. 16 de la Ley 14.967, y atendiendo a que la propia ley arancelaria veda perforar el piso mínimo allí previsto (art. 22 y conc.), corresponde regular el piso legal de 7 JUS."

¿Cómo votaron los jueces?

"Habré de discrepar, sin embargo, en cuanto propone una condena en costas por el presente juicio especial. La necesidad de recurrir ante los Tribunales para la regulación de honorarios de abogados que intervienen en el ámbito de la Comisión Médica viene dada por la ley ... no corresponde regular honorarios al abogado beneficiario por la tramitación de este tipo de juicios y menos aún cargar a la demandada su pago..." (Dr. Laborde).

Bloque dispositivo (mayoría):

"1) REGULAR los honorarios del Dr. Lucas Ariel Ballini ... en la cantidad de 7 JUS ... 2) IMPONER, por mayoría de opiniones, las costas de este proceso a cargo de la accionada GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES ... 3) REGULAR, por mayoría, los honorarios del Dr. Lucas Ariel Ballini por los trabajos de este proceso incidental en la cantidad de 2,10 JUS ... 4) DISPONER que dicha suma deberá ser depositada por el Fisco provincial ... dentro de los SESENTA (60) DIAS de notificada la presente ... 5) HACER SABER que una vez percibidos los honorarios devengados, deberá acreditarse en autos ... el cumplimiento del pago de los aportes correspondientes a la Caja de Abogados ... en el plazo de cinco (5) días..."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Cabrera, Héctor Daniel v. Ruhl, Juan s/ DespidoSCBA · 06/10/2010
  • LeguizamónSCBA · 10/04/2023

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