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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ PODETTI HERNAN GUILLERMO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial para cobrar una deuda fiscal por $1.647.471,80. El Tribunal ordenó la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado y aplicó intereses desde la interposición de la demanda, imponiendo las costas a la vencida y constituyendo domicilio procesal de la demandada en los estrados.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 3 - LA PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
83141
Apremio provincial Ejecucion fiscal Fisco de la provincia de buenos aires Art. 104 codigo fiscal (intereses) Monto $1.647.471 80 Intimacion y perdida de defensa procesal Costas a la vencida Domicilio constituido en estrados Ley 13.406 Notificacion/mandamiento (12/06/2026)

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Podetti Hernan Guillermo.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución por deuda fiscal por el capital reclamado de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UNO CON 80/100 ($1.647.471,80), con intereses conforme art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (06/06/2026) hasta su pago.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la ejecución: ordenar llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del monto reclamado con aplicación de intereses desde 06/06/2026, imponer las costas a la vencida, diferir regulación de honorarios y tener por constituido el domicilio de la demandada en los estrados por apercibimiento y notificación vigente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Habiendo sido la demandada PODETTI HERNAN GUILLERMO intimada de pago en el domicilio de TUCUMAN 1452 PISO:3° DEPTO.:6 CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (ver mandamiento acompañado) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155, concs. del C.P.C.C. y 25 ley 13406)."

"RESUELVO:

1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada PODETTI HERNAN GUILLERMO haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UNO CON 80/100 ($1.647.471,80). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/2011) desde la interposición de la demanda, -día 06/06/2026- y hasta su efectivo pago."

"2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (artículos 15 ap. 2º y 22 ley 13.406)."

"3) Hallándose la demandada debidamente anoticiada del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 12/06/2026, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénese por constituido su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese y Notifíquese (artículos 24 ley 13.406, ley 15007 y Ac. 4013)."

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