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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ASOCIACION FILANTROPICA KYRIOS S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución fiscal (apremio provincial) contra la Asociación Filantrópica Kyrios por deuda tributaria. El Tribunal ordenó la continuación de la ejecución, disponiendo remate y condenando a la demandada al pago de $7.176.038,60 más intereses según el art. 104 del Código Fiscal, e impuso las costas a la parte vencida.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 - SAN ISIDRO
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
43171
Ejecucion fiscal Apremio provincial Remate Intereses art.104 codigo fiscal Condena por capital $7.176.038 60 Costas Domicilio procesal Ley 13.406 C.p.c.c. Traba de medidas cautelares.

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Asociación Filantrópica Kyrios.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución fiscal (apremio provincial) por capital reclamado en la suma de PESOS SIETE MILLONES CIENTO SETENTA Y SEIS MIL TREINTA Y OCHO CON 60/100 ($7.176.038,60), más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (7/5/2026) hasta el efectivo pago.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la ejecución, ordenando llevar adelante la causa de trance y remate hasta el íntegro pago del capital reclamado y los intereses; se impusieron las costas a la demandada y se tuvo por constituido su domicilio procesal en el expediente; se difirió la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"AUTOS Y VISTOS: Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, se le da por perdido el derecho que tenía para ejercer y que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del C.P.C.C; y 25 de la Ley 13.406).

Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dispuesto por los arts. 1, 7, 10, 13 y 25 de la Ley 13.406.

¿Qué se resolvió?

1) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto ASOCIACION FILANTROPICA KYRIOS, haga a la actora, íntegro pago del capital reclamado de PESOS SIETE MILLONES CIENTO SETENTA Y SEIS MIL TREINTA Y OCHO CON 60/100 ($7.176.038,60), al que se le aplicarán los intereses establecidos y en la forma determinada por el art. 104 del Código Fiscal (Ley 10.397, t.o. Res. 39/11), desde la interposición de la demanda (7/5/2026) y hasta su efectivo pago.

2) Imponiendo las costas a la parte demandada, atento su carácter de vencida (arts. 68 y 556 del C.P.C.C; y 25 de la Ley 13.406), difiriendo la regulación de honorarios.

3) Tiénese por constituído en los estrados del Juzgado el domicilio procesal de la parte demandada (arts. 7, 13 última parte de la Ley 13.406; y 41 del C.P.C.C.)."

Nota: El Tribunal agrega y tiene presente lo manifestado respecto de la traba de medidas cautelares en virtud del art. 14 del Código Fiscal.

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