FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ PONCE MARIA ELENA S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial para ejecutar Título Ejecutivo Nro. 1535124 por deuda tributaria. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución de trance y remate hasta que la ejecutada pague íntegro el capital de $715.242,90 más intereses, gastos y costas, por no haber opuesto excepciones en término.
¿Quién es el actor?
FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIERRAS.
¿A quién se demanda?
PONCE, MARIA ELENA (DNI N° 5.291.897).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución por deuda fiscal materia del Título Ejecutivo Nro. 1535124, por la suma de pesos SETECIENTOS QUINCE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS CON NOVENTA CENTAVOS ($715.242,90), más intereses previstos por el Código Fiscal, gastos y costas.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la ejecución: dispuso continuar la causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada pague íntegramente el capital reclamado ($715.242,90), con más los intereses previstos por el Código Fiscal hasta la fecha de su total pago, y las costas y gastos de la ejecución. Se dejó constancia de la intimación de pago realizada en Calabria Nº 5778, Mar del Plata; se tuvo por constituido domicilio en los estrados; y se difirió la regulación de honorarios conforme art. 51 Ley 14.967.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, se le da por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 155 y ccs. del CPCC).
Por ello, conforme lo peticionado y lo dispuesto por el art. 540 in fine del CPCC.,
¿Qué se resolvió?
Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada PONCE, MARIA ELENA (DNI N° 5.291.897) haga al acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIERRAS íntegro pago del capital reclamado por el ejecutante, que asciende a la suma de pesos SETECIENTOS QUINCE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS CON NOVENTA CENTAVOS ($ 715.242,90), -conforme Título Ejecutivo Nro. 1535124-, con más los intereses previstos por el Código Fiscal (arts. 96, 104 y ccdtes. Ley 10.397, t.o. 2011) hasta la fecha de su total y efectivo pago, los gastos y las costas de la ejecución (art. 556 del CPCC).
Se difiere la regulación de honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de la Ley 14.967.
Se tiene por constituído el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado (arts. 7 de la ley 13.406 y 41 del CPCC).
Se deja constancia que la diligencia de intimación de pago se ha efectuado en el domicilio de la calle CALABRIA N° 5778 de la ciudad de Mar del Plata (art. 14 Ac. 2514/92)."
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Normas que cita
- Ley 10.397 (Provincia De Buenos Aires)arts. 96, 104
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 155, 540, 556
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)art. 51
- Ley 13.406 (Provincia De Buenos Aires)art. 7
- Acordada 2514/92 (Provincia De Buenos Aires)art. 14
- Acordada 4039 (Provincia De Buenos Aires)art. 11
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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