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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ FERRERO OSCAR DIEGO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio provincial para el cobro de una deuda por $1.872.874,10. El Tribunal ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro del monto reclamado e impuso las costas a la parte ejecutada, difiriendo la regulación de honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 - TRENQUE LAUQUEN
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
18707
Apremio provincial Ejecucion Deuda $1.872.874 10 Fisco de la provincia de buenos aires Notificacion y constitucion de domicilio Costas a la parte ejecutada Difusion de honorarios Ley 13.406 Cpcc arts. 540 y 549 Falta de comparecencia

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

OSCAR DIEGO FERRERO.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución/apremio provincial por la suma de Pesos UN MILLÓN OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 10/100 ($1.872.874,10), más los intereses que correspondan.

¿Qué se resolvió?

Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto OSCAR DIEGO FERRERO efectúe el pago íntegro del monto reclamado; se impusieron las costas a la parte ejecutada vencida y se difirió la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"se citó a OSCAR DIEGO FERRERO en Manuela Pedraza 1235 de la ciudad de General Villegas -ver documentación adjunta a la presentación electrónica del 23.10.26- y no compareció ni opuso excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, dese por perdido el derecho que ha dejado de usar para defenderse y por constituido el domicilio en los estrados del juzgado (arts. 7, 10, 13 y 24, ley 13.406; arts. 41 y demás del CPCC)."

"Por lo expuesto, en mérito a las constancias de autos y a lo establecido en los artículos 7, 10, 11, 13, 24 y 25 de la ley 13.406 y 540 y 549 del CPCC, RESUELVO:

1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto OSCAR DIEGO FERRERO haga íntegro pago del monto reclamado, que asciende a la suma de Pesos UN MILLÓN OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 10/100 ($1.872.874,10), con más los intereses que por derecho pudiere corresponder que serán objeto de ponderación en la liquidación que oportunamente se presente.-

2) Imponer las costas a la parte ejecutada vencida (art. 51 CCA; arts. 537, 556 y cc CPCC).-

3) Diferir la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 22 ley 13.406, y 51, ley 14.967).-

Regístrese. Notifíquese en la forma prevista por el artículo 13 ley 13.406."

Normas que cita

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