FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MORA ADRIAN EDGARDO S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco provincial promovió apremio provincial para ejecutar deuda tributaria por $4.016.642,90. El Tribunal hizo lugar al pedido, ordenó la ejecución hasta el pago del capital reclamado más intereses conforme ley, y mandó continuar la causa de trance y remate.
¿Quién es el actor?
FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
¿A quién se demanda?
ADRIAN EDGARDO MORA.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución forzosa (apremio provincial) para el cobro del capital reclamado de PESOS CUATRO MILLONES DIECISEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 90/100 ($4.016.642,90) más intereses y proceder a trance y remate.
¿Qué se resolvió?
Se declaró perdido el derecho de la parte demandada por no haber opuesto excepciones en término; se admitió la ejecución y se ordenó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago del capital y los intereses conforme el régimen legal indicado; se dejó constancia de la efectiva intimación de pago.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
I.- "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal para hacerlo, el que se encuentra vencido según informa la actuaria en éste acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC según art. 25 de la Ley 13.406)."
II.- "Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y art. 10 ult. Pfo. y 25 de la Ley 13.406 FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor ADRIAN EDGARDO MORA haga integro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de PESOS CUATRO MILLONES DIECISEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 90/100 ($4.016.642,90) con mas un interes anual calculado a partir de la fecha de interposición de la demanda- (conforme art. 95 ult. Pfo. ley 13.405), o a partir del día hábil siguiente si este fuera inhábil conforme arts. 6 y 7 del anexo I) del Acuerdo 3886/18 de la SCBA y hasta el del efectivo pago, el que no podrá exceder, en el momento de su fijación, de la tasa vigente que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en acuerdos para el sobregiro en cuenta corriente bancaria, incrementada en hasta un ciento cincuenta por ciento (150%), que será establecido por el Poder Ejecutivo a través de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (conf. art. 104 de la Ley 10.397 texto actualizado según Ley 14.394). Al practicarse la liquidación, deberá acompañarse planilla donde conste la evolución de la tasa a aplicar, determinando el liquidador en el líbelo a presentar por columnas el período, días, tasas e importes, para una correcta individualización (art. 34 inciso 5° apdos. b) y e) del CPCC), difiriéndose la pertinente regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el art. 51 de la Ley 14.967."
III.- "Asimismo y dando estricto cumplimiento con lo normado por la Acordada 2514 de la S.C.J.B.A. del 22/12/92, déjase constancia que la diligencia de intimación de pago se efectivizó en la calle FISCAL: CALLE AV. PTE. H. YRIGOYEN - NRO. 3948 - CP. 1665 - LOC. JOSE C. PAZ, Provincia de Buenos Aires (conforme constancias adjuntas a la presentación electrónica efectuada en autos)."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 116, 155, 540, 549, 556
- Ley 13.406 (Provincia De Buenos Aires)arts. 10, 13, 25
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)art. 51
- Ley 13.405 (Provincia De Buenos Aires)art. 95
- Ley 10.397 (Provincia De Buenos Aires)art. 104
- Ley 14.394 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 8480 (Provincia De Buenos Aires)
- Acordada 3886/18 (Provincia De Buenos Aires)arts. 6, 7
- Acordada 2514 (Provincia De Buenos Aires)
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.