JurisprudenciaARG
Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ARELLANO MABEL NOEMI S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución fiscal (trance y remate) por deuda tributaria. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó llevar adelante el remate hasta el pago de PESOS 1.635.939,10 más intereses según el art. 104 del Código Fiscal y condenó en costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 - SAN ISIDRO
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
79827
Ejecucion fiscal Trance y remate Fisco de la provincia de buenos aires Intereses art. 104 codigo fiscal Costas Perdida de excepciones Ley 13.406 Monto $1.635.939 10 Domicilio procesal Sentencia de primera instancia.

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Arellano Mabel Noemí.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución fiscal en trámite de trance y remate por capital reclamado de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 10/100 ($1.635.939,10), más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la ejecución; se manda llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada abone íntegramente el capital reclamado más intereses desde la interposición de la demanda (14/09/2026) hasta su pago; se imponen las costas a la demandada y se difiere la regulación de honorarios; se tiene por constituido el domicilio procesal de la demandada en los estrados del Juzgado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, se le da por perdido el derecho que tenía para ejercer y que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del C.P.C.C; y 25 de la Ley 13.406)."

"FALLO: 1) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto ARELLANO MABEL NOEMI haga al acreedor Fisco de la Provincia de Buenos Aires, íntegro pago del capital reclamado de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 10/100 ($1.635.939,10), al que se le aplicarán los intereses establecidos y en la forma determinada por el art. 104 del Código Fiscal (Ley 10.397, t.o. Res. 39/11), desde la interposición de la demanda (14/09/2026) y hasta su efectivo pago."

"2) Imponiendo las costas a la parte demandada, atento su carácter de vencida (arts. 68 y 556 del C.P.C.C; y 25 de la Ley 13.406), difiriendo la regulación de honorarios (art. 51 Ley 14967)."

"3) Tiénese por constituído en los estrados del Juzgado el domicilio procesal de la parte demandada (arts. 7, 13 última parte de la Ley 13.406; y 41 del C.P.C.C.)."

Normas que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.