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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ PEREZ JUAN IGNACIO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial para cobrar capital adeudado por ejecución fiscal. El Tribunal hizo lugar al pedido, ordenó continuar la ejecución hasta lograr el pago íntegro de Pesos 990.199,40 más intereses previstos por el art. 104 del Código Fiscal, y condenó en costas a la parte demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 - SAN ISIDRO
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
78895
Apremio provincial Ejecucion fiscal Fisco de la provincia de buenos aires Pago de capital $990.199 40 Intereses art. 104 codigo fiscal Perdida de derecho por inactividad (arts.116 y 155 cpcc Ley 13.406) Costas Domicilio constituido en estrados Difusion de regulacion de honorarios Juzgado de primera instancia

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Pérez Juan Ignacio.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución por apremio provincial para cobrar capital reclamado de $990.199,40 más los intereses desde la interposición de la demanda (11/08/2026) y hasta su efectivo pago, aplicando lo establecido por el art. 104 del Código Fiscal (Ley 10.397, t.o. Res. 39/11).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la causa de trance y remate, ordenando llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado efectúe el pago íntegro del capital reclamado y aplicando los intereses legales; se impusieron las costas a la demandada y se difirió la regulación de honorarios; se constituye el domicilio procesal en el estrado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

AUTOS Y VISTOS: "Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, se le da por perdido el derecho que tenía para ejercer y que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del C.P.C.C; y 25 de la Ley 13.406). Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dispuesto por los arts. 1, 7, 10, 13 y 25 de la Ley 13.406."

¿Qué se resolvió?

"1) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto PEREZ JUAN IGNACIO haga al acreedor Fisco de la Provincia de Buenos Aires, íntegro pago del capital reclamado de Pesos NOVECIENTOS NOVENTA MIL CIENTO NOVENTA Y NUEVE CON 40/100 ($990.199,40), al que se le aplicarán los intereses establecidos y en la forma determinada por el art. 104 del Código Fiscal (Ley 10.397, t.o. Res. 39/11), desde la interposición de la demanda (11/08/2026) y hasta su efectivo pago."

"2) Imponiendo las costas a la parte demandada, atento su carácter de vencida (arts. 68 y 556 del C.P.C.C; y 25 de la Ley 13.406), difiriendo la regulación de honorarios (art. 51 Ley 14967)."

"3) Tiénese por constituído en los estrados del Juzgado el domicilio procesal de la parte demandada (arts. 7, 13 última parte de la Ley 13.406; y 41 del C.P.C.C.)."

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