SALGADO, MANUEL DOMINGO c/ PAMI s/AMPARO LEY 16.986
El actor promovió acción de amparo contra PAMI para obtener cobertura de CABOZANTINIB 60 mg por 30 comprimidos mensuales para tratamiento oncológico. La Cámara Federal de Tucumán rechazó el recurso de apelación de PAMI y confirmó la sentencia que ordenó la provisión del medicamento y la imposición de costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
M.D.S. (amparista), 74 años.
¿A quién se demanda?
Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ordenar a PAMI la cobertura inmediata de CABOZANTINIB 60 mg, una caja por mes (30 comprimidos) las veces que lo solicite la médica tratante, por ser indicado como segunda línea de tratamiento por cáncer de riñón con metástasis pulmonar.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por PAMI y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de fecha 11/6/2026 en lo agravado, que había hecho lugar al amparo y ordenado a PAMI la cobertura inmediata de una caja mensual de 30 comprimidos de CABOZANTINIB 60 mg mientras el estado de salud del actor así lo requiera; además se impusieron las costas de la Alzada a la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De allí que la profesional tratante expuso las razones médicas que sustentan la modificación del tratamiento del amparista. En ese sentido, cabe tener presente que lo atinente al diagnóstico de una dolencia y la prescripción de las drogas que la combatan o atenúen es tarea de los profesionales médicos especializados en la enfermedad, de quienes es impensable que prescriban un medicamento que no resulte conveniente para su tratamiento, máxime teniendo en cuenta el riesgo que ello trae aparejado. Ello, conforme la doctrina que fluye de lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa 'Asociación de Esclerosis Múltiple de Salta c/ Ministerio de Salud', sentencia del 18/12/03."
"Por otro lado, consideramos que el hecho de que la medicación solicitada no se encuentre incluida en el Vademécum de PAMI así como las cuestiones administrativas invocadas por la demandada no resultan argumentos suficientes para desatender la obligación de cobertura que recae sobre el Instituto. Máxime teniendo en cuenta la dolencia que sufre el actor y la indicación médica expresa y justificada por parte de su médica tratante."
"En consecuencia, entendemos que la conducta asumida por la demandada reviste, en el caso concreto, carácter arbitrario e ilegítimo, no resultando suficientes los argumentos expuestos por la apelante para rebatir lo dispuesto por el sentenciante, por lo que corresponde confirmar el punto 1) de la sentencia apelada en cuanto ordena al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados -PAMI- a proveer al amparista la cobertura de una caja mensual de 30 comprimidos de CABOZANTINIB 60 MGS."
Sobre costas: "En virtud de lo expuesto, los elementos obrantes en autos y las normas mencionadas, las que deben conjugarse con los principios que rigen la materia en debate, consideramos que corresponde no hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por PAMI ... V. En cuanto a las costas de la Alzada, se imponen a la demandada vencida, por ser ley expresa (art. 14, ley 16.986)."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registra voto en disidencia en la parte dispositiva; la resolución consignada es la que acordó la mayoría.
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Leyes que cita
- Ley 16.986Amparo
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