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Primera Instancia

FERNANDEZ, ERNESTINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSeS solicitando recalculo de la PBU, liquidación de diferencias de haberes y actualización por movilidad. El Juzgado Federal N.º2 rechazó la demanda por cosa juzgada y por falta de mérito para declarar inconstitucionales las leyes de movilidad aplicables, y reguló honorarios a favor de las abogadas de la actora.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE ROSARIO 2
Fuero
FEDERAL DE ROSARIO
Jurisdicción
Federal · Santa Fe
Expediente
FRO 034761/2025
Costas Honorarios Rechazo de demanda Cosa juzgada Jubilacion Movilidad Anses Pbu Ley 27.541 Ley 27.426

¿Quién es el actor?

Sra. Fernández, Ernestina (por apoderado).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes varios: correcta actualización del haber previsional (PBU/PC/PAP), recálculo y liquidación de diferencias de haberes, movilidad de períodos posteriores y actualización monetaria e intereses; se funda, entre otras, en sentencia previa de 03/09/2013.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda interpuesta por la Sra. Fernández Ernestina; se impusieron las costas por su orden; y se regularon honorarios a favor de la dirección letrada de la parte actora por 10 UMAS ($1.080.050), con más IVA si corresponde, con plazo de pago de diez días desde la notificación del auto regulatorio firme.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En base a ello, encuentro que lo solicitado por el actor no podrá prosperar por cuanto que el punto traído a consideración ha quedado definitivamente resuelto en la aludida sentencia, la cual se halla pasada en autoridad de cosa juzgada en los términos del art. 347 inc. 6 del CPCCN."

"Ello así, pues resulta inadmisible una pretensión idéntica a otra, - en este caso el recalculo de uno de los componentes que conforman el todo del haber previsional-, cuestión ya decidida mediante sentencia firme, cuando con ella se intenta salvaguardar eventuales deficiencias del proceso anterior y aunque se invoquen nuevos fundamentos jurídicos."

Sobre control de constitucionalidad y método de movilidad: "Corresponde el rechazo de la inconstitucionalidad articulada." (respecto de las leyes 27.426, 27.541 y 27.609, entre otras, el fallo sigue la doctrina de la CSJN y de la jurisprudencia administrativa y federal citada).

Sobre la ley 27.426: se cita y sigue el pronunciamiento de la CSJN en "FERNANDEZ PASTOR, MIGUEL ANGEL c/ANSeS s/ amparos y sumarísimos", 04/12/2025, sosteniendo que la ley no vulneró derechos adquiridos y que no existe derecho adquirido a mantener determinado régimen de movilidad.

Sobre costas y honorarios: se impusieron las costas por su orden "conforme lo dispuesto en el considerando 7)" y se regulan honorarios conforme a la ley 27.423 y demás normas citadas.

¿Cómo votaron los jueces?

No se registran votos en disidencia en el texto; el decisorio que prevalece es el aquí transcripto.

Leyes que cita

  • Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 27.426Reforma previsional
  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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