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Primera Instancia

MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO EX TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL c/ SOL Y VALLE SA s/EJECUCION FISCAL ? MINISTERIO DE TRABAJO

Ejecución fiscal promovida por el Ministerio de Capital Humano (ex Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social) contra SOL Y VALLE S.A. por $150.000. El Juzgado Federal ordenó llevar adelante la ejecución hasta obtener el íntegro pago del capital reclamado más intereses, con costas a cargo de la ejecutada y difiriendo la regulación de honorarios hasta la liquidación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE SALTA 1 - SECRETARIA CIVIL 1
Fuero
FEDERAL DE SALTA
Jurisdicción
Federal · Salta
Expediente
FSA 005309/2025
Costas Honorarios Ejecucion Ejecucion fiscal Juzgado federal Ministerio de capital humano $150.000 Sol y valle s.a. Acordada 10/25 Acordadas 24/12

¿Quién es el actor?

MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO (ex TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL).

¿A quién se demanda?

SOL Y VALLE S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución fiscal por la suma de pesos ciento cincuenta mil con 00/100 ($150.000,00) más sus intereses.

¿Qué se resolvió?

Se ordenó que se lleve adelante la ejecución contra SOL Y VALLE S.A. hasta hacerse la acreedora del íntegro pago del capital reclamado de $150.000 y sus intereses; las costas quedaron a cargo de la ejecutada y se difirió la regulación de los honorarios hasta el cumplimiento de la presente y aprobación de la respectiva planilla de liquidación. Se indicó además su registro, notificación y publicación conforme a las Acordadas 24/12 y 10/25 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que intimado de pago, el demandado dejó vencer el plazo legal sin oponer defensa alguna. Por ello, y de acuerdo con los arts. 41, 542 y cc del C.Pr.."

"RESUELVO: MANDAR que se lleve adelante la ejecución contra SOL Y VALLE S.A., hasta hacerse la acreedora íntegro pago del capital reclamado de pesos ciento cincuenta mil con 00/100 ($ 150.000,00) y sus intereses, con costas a cargo de la ejecutada, difiriendo la regulación de los honorarios correspondientes hasta el cumplimiento de la presente y aprobación de la respectiva planilla de liquidación. REGISTRESE, notifíquese y publíquese, de conformidad a lo establecido en las Acordadas 24/12 y 10/25 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.-"

¿Cómo votaron los jueces?

No se registran votos en disidencia en el expediente.

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