Incidente Nº 2 - DENUNCIANTE: FERNANDEZ, ALBERTO ANGEL DENUNCIADO: YAÑEZ, FABIOLA ANDREA s/INCONSTITUCIONALIDAD
La querella impugnó por vía de inconstitucionalidad con invocación del art. 27 de la ley 402 de CABA. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional (Sala 1) declaró inadmisible el recurso por ausencia de cuestión constitucional o federal y por no acreditarse arbitrariedad.
¿Quién es el actor?
La parte querellante.
¿A quién se demanda?
(No corresponde; se trata de admisibilidad de recurso contra decisión previa de la Sala).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de inconstitucionalidad planteado por la querella con invocación del art. 27 de la ley 402 de la CABA y citación del precedente "Ferrari", impugnando la decisión que había rechazado el recurso de casación.
¿Qué se resolvió?
Se declaró inadmisible el recurso presentado por la parte querellante.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I. Esta Sala 1 (Reg. Nro. 737/2026), integrada de modo unipersonal, resolvió: 'RECHAZAR el recurso de casación interpuesto por la querella, y CONFIRMAR la decisión recurrida en todo cuanto ha sido objeto de recurso, con costas (arts. 456, 465, 468, 470 y 471, a contrario sensu, 530 y 531, CPPN)'. Contra aquella decisión, la parte querellante interpuso el recurso cuya admisibilidad corresponde tratar."
"IV. Sentado ello, resta analizar si en el caso se verifican las circunstancias que hacen a la procedencia de esa impugnación. Al respecto, se advierte que los agravios del recurrente no demuestran la existencia de una cuestión constitucional, ni suscitan cuestión federal en los términos de los artículos 14 y 15 de la ley 48 y Fallos: 264:492; 267:50; 268:503, entre otros. Además, el recurrente no logra poner en evidencia arbitrariedad alguna -en los términos de esa doctrina excepcional acuñada por la CSJN-, más allá de sus discrepancias con cuestiones que no exceden de la interpretación de derecho común y local, aspecto ajeno a los recursos de carácter extraordinario (como el que, eventualmente, podría motivar la intervención del TSJ de CABA)."
"Por lo expuesto, esta Sala 1 RESUELVE: DECLARAR INADMISIBLE el recurso presentado por la parte querellante."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registran votos en disidencia; la resolución fue dictada por la Sala 1 (voto unipersonal).
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