BURGOS, CRISTIAN FEDERICO c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Recurso de apelación por reconocimiento de enfermedad laboral contra EXPERTA ART S.A. solicitando la declaración de origen laboral de patologías con primera manifestación el 1/12/2020. La Cámara confirmó la sentencia apelada y rechazó la prueba ofrecida por el actor para acreditar la relación causal entre tareas y dolencias, imponiendo las costas y regulando honorarios en 30% para esta instancia.
¿Quién es el actor?
BURGOS, CRISTIAN FEDERICO.
¿A quién se demanda?
EXPERTA ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de la determinación administrativa de carácter inculpable y pretensión de reconocimiento del origen laboral de enfermedades con primera manifestación invalidante el 1/12/2020 (recurso en materia de riesgos del trabajo).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia apelada en todo lo que decide y fuera materia de recurso y agravio; impuso las costas de la Alzada en el orden causado; reguló los honorarios por la labor desarrollada en esta instancia en el 30% de lo que a cada parte le corresponda por lo actuado en la instancia anterior; y ordenó cumplir con el art. 1º de la ley 26.856 y la Acordada CSJN N°15/2013.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Llegan las actuaciones a esta Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra el pronunciamiento de grado que confirmó las resoluciones dictadas por la Comisión Médica Nro. 10 ... que determinaron el carácter inculpable de las enfermedades denunciadas por el accionante, con primera manifestación invalidante en fecha 1º de diciembre de 2020."
"El Sr. Juez a quo basó su decisión en que las pruebas ofrecidas no resultaron conducentes para demostrar la vinculación entre las tareas descriptas por el actor y las afecciones de las que da cuenta la pericia médica."
"Al respecto, cabe recordar que la prueba pericial médica resulta por sí sola insuficiente a tales fines, toda vez que no es función del experto verificar la existencia real de las condiciones de trabajo ni la exposición a agentes de riesgo."
"Por lo expuesto, propongo confirmar el decisorio de grado en este punto."
Respecto de costas y honorarios, el voto propuso: "las costas de esta Alzada sean impuestas en el orden causado" y "se regulen los honorarios ... en el 30% (treinta por ciento), del importe que, en definitiva, les corresponda percibir por su actuación en origen (cfr. arts. 16 y 30, ley 27.423)."
¿Cómo votaron los jueces?
No hay voto discrepante de mayoría; el Dr. Diego Tula no votó (art. 125 de la L.O.), por lo que la decisión adoptada por los Dres. Sudera y Diez Selva constituye la decisión de la Cámara.
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Normas que cita
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
- CPCCNarts. 377, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 27.423arts. 16, 30 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 26.856art. 1 · Justicia
- Acordada 15/2013 (CSJN)
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