JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

NOGUERA, FRANCO ALEJANDRO c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Recurso laboral por accidente de trabajo para cobrar prestación por incapacidad; la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala II, modificó la sentencia de grado y fijó el capital indemnizatorio en $32.690.611,38 a valores del 17/4/2026, ordenando además regular originariamente los honorarios y cargar las costas de alzada a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA II
Fuero
NACIONAL DEL TRABAJO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 007490/2020
Honorarios Accidente de trabajo Costas de alzada Camara nacional de apelaciones del trabajo Actualizacion ripte Piso indemnizatorio Ley 24.557 Ley 26.773 Intereses de mora Resolucion srt 15/2026

¿Quién es el actor?

Noguera, Franco Alejandro.

¿A quién se demanda?

Asiciart ART S.A. (aseguradora).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prestación dineraria por incapacidad derivada de accidente de trabajo (art. 14, apartado 2, inciso a), ley 24.557) y accesorios, y regulación de honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y estableció el capital indemnizatorio en $32.690.611,38 (a valores del 17/4/2026), dejó sin efecto las regulaciones de honorarios practicadas en grado y las reguló de forma originaria conforme al considerando VI, impuso las costas de alzada a la demandada y reguló los honorarios de la representación y patrocinio letrado en el 30% de lo que, en definitiva, les corresponda por la instancia de grado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) Cálculo y piso mínimo:

"En efecto, el ingreso base mensual de $12.799,97 fue actualizado en grado hasta alcanzar $570.914,78. Sobre este último valor, el porcentaje de incapacidad del 27,94% y el coeficiente etario de 65/28, la fórmula del art. 14, apartado 2, inciso a), de la ley 24.557 arroja $19.625.868,43 (53 x $570.914,78 x 27,94% x 65/28). Por su parte, el piso mínimo correspondiente al período en que se dictó la sentencia de primera instancia asciende a $97.502.420 (art. 2 de la Resolución SRT 15/2026), que, multiplicado por el 27,94% de incapacidad, determina $27.242.176,15. Dado que este último importe supera el obtenido mediante la fórmula legal, corresponde tomarlo como base de la prestación y adicionarle el incremento del 20% previsto en el art. 3 de la ley 26.773, equivalente a $5.448.435,23. De este modo, el capital indemnizatorio asciende a $32.690.611,38, expresado a valores de la sentencia del 17/4/2026."

2) Sobre intereses compensatorios:

"Adelanto que el planteo no habrá de prosperar... No advierto que ese esquema normativo autorice a incorporar, durante el período anterior a la mora, una tasa compensatoria adicional que no se encuentra expresamente prevista... propongo desestimar el agravio de la parte actora en cuanto pretende la incorporación de intereses compensatorios, sin perjuicio de los intereses que correspondan en caso de mora, conforme a lo establecido en la sentencia de primera instancia."

3) Honorarios y costas:

"En atención a las modificaciones que propongo, corresponde dejar sin efecto lo resuelto en la instancia anterior en materia de honorarios, y proceder a su determinación en forma originaria, de conformidad con lo dispuesto por el art. 279 del CPCCN... Estimo prudente y razonable imponer las costas de Alzada a cargo de la demandada (art. 68 CPCCN)... propongo regular los honorarios de la representación letrada de la parte actora y demandada en el 30% de lo que, en definitiva, les corresponda percibir por sus actuaciones en la instancia anterior."

¿Cómo votaron los jueces?

No se registra disidencia; ambos votos (Dr. Tula y Dr. Sudera) adhieren al acuerdo.

Normas que cita

  • Ley 24.557arts. 14, apartado 2, inciso a) · Ley de riesgos del trabajo
  • Ley 26.773art. 3 · Riesgos del trabajo
  • Resolución 15art. 2
  • CCyCart. 767
  • CPCCNarts. 279, 68
  • L.O.art. 116
  • Ley 27.423arts. 16, 21, 58, 30 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 27.802Ley de modernizacion laboral
  • Ley 18.345Organizacion y procedimiento
  • Ley 27.348
  • Ley 17.454

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