GAONA, GREGORIO UBALDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió recursos en los términos de la ley 27.348 contra las resoluciones del Servicio de Homologación de la Comisión Médica N°10 que declararon no profesional sus enfermedades. La Cámara modificó parcialmente la sentencia apelada imponiendo las costas de la instancia anterior en el orden causado y regularizó honorarios, y confirmó el resto de la sentencia en cuanto rechazó los recursos y confirmó las resoluciones administrativas.
¿Quién es el actor?
Gaona, Gregorio Ubaldo.
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recursos en los términos de la ley 27.348 contra resoluciones del Servicio de Homologación de la Comisión Médica N°10 que establecieron el carácter no profesional de las enfermedades denunciadas y fijaron primera manifestación invalidante el 1/1/2023.
¿Qué se resolvió?
Se modificó la sentencia apelada para imponer las costas de la anterior instancia en el orden causado y regular los honorarios de la representación y patrocinio letrado de la parte actora en el 30% de lo que le corresponda por su actuación en la anterior; se confirmó la sentencia apelada en todo lo demás que decide y fuera materia de recurso y agravios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) "La providencia de fs. 63 estableció con claridad no solo la fecha, hora y lugar de la revisación, sino también el modo y los plazos en que debía justificarse una eventual imposibilidad de concurrir... Dicha providencia fue notificada y consentida por la parte actora, de modo que las cargas allí impuestas y el apercibimiento previsto integraban las reglas del proceso a las que debía ajustar su conducta."
2) "La presentación del 27 de junio de 2025 se efectuó con posterioridad a la fecha fijada para la revisación, se limitó a invocar genéricamente 'cuestiones laborales' y no estuvo acompañada de elemento alguno que le diera sustento objetivo... un correo electrónico del propio letrado no constituye la constancia objetiva requerida."
3) "Esa reiterada omisión –en el momento del hecho, al deducir la reposición y al expresar agravios– es la que determinó la pérdida de la prueba, y no una actuación oficiosa desmedida del tribunal de origen."
4) Sobre costas y honorarios: "El actor pudo considerarse con derecho a recurrir las resoluciones adoptadas por el órgano administrativo... y que el rechazo del reclamo no obedeció a un examen sobre el fondo de su pretensión sino a la pérdida de la prueba pericial médica. En tales condiciones, sugiero modificar lo resuelto en grado e imponer las costas de la anterior instancia en el orden causado... propongo regular los honorarios ... en el 30% de lo que le corresponda por su actuación en la etapa anterior (art. 30 de la ley 27.423)."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registran votos en disidencia; el Dr. Sudera adhiere al voto de la Dra. García Vior y el acuerdo se expide por mayoría.
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Leyes que cita
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
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