MAIDANA ESTEBAN BENIGNO S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se tramita declaración de sucesión intestada por el fallecimiento de Esteban Benigno Maidana solicitando se declare herederos a su cónyuge e hijos. El Tribunal hace lugar y declara herederos universales a los hijos Josué Ezequiel, Débora Elizabeth y Zacarías Benjamín Benigno Maidana, y asimismo declara heredera a la cónyuge Angélica Aurora Barrios respecto de los bienes propios y con los derechos que la ley le reconoce sobre los gananciales.
¿Quién es el actor?
Petición de declaración de sucesión intestada promovida por el/los interesados (consta como "D. H. - SOLICITA").
¿A quién se demanda?
El causante fallecido ESTEBAN BENIGNO MAIDANA (20/12/2025).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se solicita la declaración judicial de herederos por muerte ab-intestato y la consecuente sucesión, con realización de edictos conforme art. 734 inc. 2º CPCC.
¿Qué se resolvió?
Se declara, sin perjuicio de terceros, que por el fallecimiento de Esteban Benigno Maidana le suceden en carácter de herederos universales sus hijos JOSUÉ EZEQUIEL, DEBORA ELIZABETH y ZACARIAS BENJAMÍN BENIGNO MAIDANA y su cónyuge ANGELICA AURORA BARRIOS; a esta última se la declara heredera en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda respecto de los gananciales. Regístrese. Notifícase electrónicamente conforme art. 10 Acordada 4039/2021 SCBA.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) "Que con el certificado acompañado al escrito liminar se acredita la defunción de ESTEBAN BENIGNO MAIDANA, ocurrida el 20/12/2025."
2) "Que este había contraído matrimonio con ANGELICA AURORA BARRIOS, el día 07/09/2007 (conforme surge de las constancias acompañadas al escrito liminar)."
3) "Que de esa unión nacieron JOSUÉ EZEQUIEL (24/07/2000), DEBORA ELIZABETH (01/01/2004) y ZACARIAS BENJAMIN BENIGNO MAIDANA (26/09/2013) (ver partidas acompañadas al escrito liminar)."
4) "Que con los diarios y recibos conforme surge de la presentación de fecha 01/06/2026 consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2º del CPCC., sobre cuyo resultado negativo informa el Sr. Actuario en este acto."
Por ello, "de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 2426, 2427, 2428 Y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación (aprobado por Ley 26.994) y arts. 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de ESTEBAN BENIGNO MAIDANA, le suceden en carácter de universales herederos sus hijos JOSUÉ EZEQUIEL, DEBORA ELIZABETH y ZACARIAS BENJAMIN BENIGNO MAIDANA y su cónyuge ANGELICA AURORA BARRIOS, a quién también se la declara heredera en cuanto a los bienes propios, si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales."
¿Cómo votaron los jueces?
No surge voto en disidencia ni división del Tribunal en el texto aportado.
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Normas que cita
- Ley 26.994arts. 2426, 2427, 2428, 2433 · Codigo civil y comercial de la nacion
- CPCC (Código Procesal Civil y Comercial Provincia de Buenos Aires) (Provincia De Buenos Aires)arts. 734 inc.2º, 735, 737
- Acordada 4039/2021 (Scba)art. 10
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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