QUIÑONEZ, JUAN ANTONIO EZEQUIEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor impugnó la resolución de la Comisión Médica N°10 que negó incapacidad por el accidente del 16/06/2024. El Juzgado hizo lugar al recurso, revocó la resolución administrativa, fijó la incapacidad en 11,05% de la T.O. y condenó a PROVINCIA ART S.A. a pagar $21.358.518,89 más intereses.
¿Quién es el actor?
QUIÑONEZ, JUAN ANTONIO EZEQUIEL.
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ART S.A. (aseguradora).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de la resolución del 26/06/2025 de la Comisión Médica N°10 de Capital Federal que estableció ausencia de incapacidad por el accidente sufrido el 16/06/2024; reclamó reconocimiento indemnizatorio por incapacidad laboral.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de apelación, se revocó la decisión de la Comisión Médica N°10 de fecha 26/06/2025, se fijó la incapacidad indemnizable del actor en 11,05% de la T.O. y se condenó a PROVINCIA ART S.A. a abonar la suma de $21.358.518,89 dentro del quinto día, con más los intereses respectivos; se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios (16% actor, 13% demandada, 7% perito).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El experto dictamina que el actor presenta: '...a) Tobillo izquierdo. Corresponde ponderar en 0%. b) Codo derecho. MSD DOMINANTE. Limitación Funcional de Codo. Extensión 0% Flexión 2%. Pronación 2%. Supinación 2%. Sumatoria 6%. Como corresponde a MSD DOMINANTE se adiciona 5%. Corresponde ponderar en 6%. c) Hombro derecho. MSD DOMINANTE. Fractura de Clavícula con secuelas. Asigna 4%. Como corresponde a MSD DOMINANTE se adiciona 5%. Aplicando el método de la capacidad restante o de Balthazar, Corresponde ponderar en 3,94%. d) Sumatoria de la incapacidad física: 6% + 3,94% = 9,94 %'" (informe pericial, fs. 56/64).
"Estimo que el 'factor edad' determinado por el perito médico (4%) no se encuentra dentro del intervalo correspondiente '...de 31 y más años…' para el cual se estipula un rango de (0-2%) conforme el baremo ley 24.557, de modo que, en virtud de la edad del accionante al momento del infortunio -33 años-, y de las facultades que se me confieren, corresponde modificar lo expuesto por el profesional interviniente y adicionar por el factor de ponderación de referencia un '2%'."
"Por lo que cabe concluir, que la incapacidad indemnizable del actor equivale al 11,05% de la T.O. (6% limitación funcional del codo derecho + 5% limitación funcional del hombro derecho + factores de ponderación), como consecuencia del siniestro padecido el 16 de junio de 2024."
"De acuerdo con estos parámetros, la actora debería percibir, según el Dto. 1278/2000, una indemnización de $17.798.765,75.-... Sentado ello, la suma de $17.798.765,75, en atención a lo dispuesto por el art. 3 de la ley 26.773, se incrementará en 20% equivalente a la suma de $3.559.753,15 .- ($17.798.765,75.- x 20%)."
"Por lo expuesto, disposiciones legales de aplicación y constancias de autos FALLO: 1) Revocar lo decidido por la Comisión Médica Nro. 10... y fijar la incapacidad... en 11,05% de la T.O. y, consecuentemente, condenar a PROVINCIA ART S.A. a abonar... $21.358.518,89.- con más los intereses respectivos. 2) Imponer las costas a la demandada vencida..."
¿Cómo votaron los jueces?
no se registran votos en disidencia en la sentencia.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
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