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Primera Instancia

MEJIAS FONROUGE NARKE ALEJANDRO C/ INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL S/ AMPARO

Amparo por retención del impuesto a las ganancias sobre haberes jubilatorios solicitando que se compute sólo el sueldo básico. El Tribunal hace lugar al amparo y convierte en definitiva la medida cautelar: ordena al Instituto de Previsión Social liquidar el impuesto computando únicamente el rubro sueldo básico y condena en costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº10 - LA PLATA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
LP-27737-2023
Costas Honorarios Medida cautelar Impuesto a las ganancias Jubilacion Amparo Agente de retencion Progresividad Sueldo basico Instituto de prevision social

¿Quién es el actor?

Mejías Fonrouge Narke Alejandro, por intermedio del Dr. Manuel Santiago Lavalle.

¿A quién se demanda?

Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que cese la forma que el Instituto aplica para la retención del impuesto a las ganancias sobre haberes jubilatorios, solicitando que para el cálculo de la retención se compute únicamente el rubro "sueldo básico", como se hace con el personal en actividad del Poder Judicial.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la acción de amparo y se convierte en definitiva la medida cautelar dictada el 18/04/2023: el Instituto de Previsión Social deberá liquidar el impuesto a las ganancias sobre los haberes jubilatorios del actor computando únicamente el rubro "sueldo básico". Se imponen las costas a la parte demandada y se regulan honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En la especie, se presentó el Dr. Manuel Santiago Lavalle -letrado apoderado de Narke Alejandro Mejías Fonrouge- y promovió acción de amparo contra el Instituto de Previsión Social a fin de que cese la forma arbitraria e ilegítima en que efectúa la retención del impuesto a las ganancias."

"El 18/04/2023 se corrió traslado de la acción y se concedió la medida precautoria; ordenándose al Instituto de Previsión Social que '...liquide el impuesto a las ganancias sobre los haberes jubilatorios que perciba el Sr. Narke Alejandro Mejías Fonrouge, D.N.I. 16.100.537, computando únicamente a tales fines el rubro "sueldo básico"...'."

"la conducta enjuiciada no ofrece respaldo en el acto aplicativo singular que ha sabido acotar los deméritos impositivos con afectación al gravamen por ganancias al rubro 'sueldo básico', en su extensión a los jubilados, quienes ciertamente también exhiben la calidad de agentes, aunque lo sean en situación de pasivos (cfr. resoluciones ya citadas). En este escenario, la actuación administrativa se reporta así en infracción jurídica manifiesta y es susceptible de censura por medio de una acción de amparo."

"Por todo ello, deberá hacerse lugar a la acción de amparo interpuesta, convirtiéndose en definitiva la medida cautelar decretada con fecha 18/04/2023, consistente en que el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires liquide el impuesto a las ganancias sobre los haberes jubilatorios que percibe Narke Alejandro Mejías Fonrouge (D.N.I. 16.100.537), computando únicamente a tales fines el rubro 'sueldo básico', debiendo desplegar toda la actividad administrativa que para ello resulte menester."

¿Cómo votaron los jueces?

"1.- Haciendo lugar a la acción de amparo interpuesta y, en consecuencia, convirtiendo en definitiva la medida cautelar decretada con fecha 18/04/2023... 2.- Imponiendo las costas a la parte demandada. 3.- Regulando los honorarios del Dr. Manuel Santiago Lavalle en 15,50 jus arancelarios (hoy equivalentes a $850.000) ..."

Fallos que cita

  • Servín (A 76.131)SCBA · 11/10/2020
  • Bosnic Bagatella (A 76.159)SCBA · 26/04/2023
  • Servín (causa n° 18.498)Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Sala I, La Plata · 11/07/2019
  • Martinelli (causa)Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Sala I, La Plata · 11/04/2019
  • Causas listadas (Rossi, Giordano, Gutiérrez, Montero Labat, Luque, Torre, Novello, Castro, Rathjen, Bokun, Pardo)Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, La Plata (Sala II/otros)

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