QUINTEROS GONZALO JOSE S/ QUIEBRA(PEQUEÑA)
El actor promovió verificación de créditos en el marco del concurso del fallido por operaciones con tarjeta y préstamos. El Tribunal declaró verificados los créditos de Banco BBVA por $7.973.300,99 y del Banco Provincia por $4.078.841, ambos con carácter quirografario, y admitió los aranceles verificatorios con preferencia conforme art. 240 LCyQ.
¿Quién es el actor?
BANCO BBVA ARGENTINA S.A. y BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
¿A quién se demanda?
QUINTEROS GONZALO JOSE (fallido).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Verificación de créditos concursales por $7.973.300,99 (Banco BBVA) y $4.078.841 (Banco Provincia) más los aranceles verificatorios de $36.780,00 y $37.240,00 respectivamente, y reconocimiento del carácter quirografario.
¿Qué se resolvió?
Se declaró verificado cada crédito por las sumas solicitadas con carácter quirografario y se admitieron los aranceles verificatorios con la preferencia del art. 240 de la Ley 24.522. Se ordenó registrar y notificar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En función de lo expuesto, la inexistencia de impugnaciones por parte de la fallida y la anuencia de la sindicatura, corresponde declarar verificada la suma total insinuada por el Banco BBVA Argentina S.A. de Pesos siete millones novecientos setenta y tres mil trescientos con noventa y nueve centavos ($7.973.300,99) con carácter quirografario (arts. 32, 34, 36, 200 y 248 de la LCyQ)"
"En relación al monto reclamado en concepto de arancel verificatorio de Pesos treinta y seis mil setecientos ochenta ($ 36.780,00.), corresponde su admisión con la preferencia establecida en el art. 240 de la LCyQ, en tanto constituye un requisito ineludible para la procedencia de la pretensión verificatoria (art. 32 in fine Ley 24.522)."
"En función de lo expuesto, la inexistencia de impugnaciones por parte de la fallida y la anuencia de la sindicatura, corresponde declarar verificada la suma total insinuada por el BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES de Pesos cuatro millones setenta y ocho mil ochocientos cuarenta y uno ($ 4.078.841) con carácter quirografario (arts. 32, 34, 36, 200 y 248 de la LCyQ)"
"En relación al monto reclamado en concepto de arancel verificatorio de Pesos treinta y siete mil doscientos cuarenta ($ 37.240,00.), corresponde su admisión con la preferencia establecida en el art. 240 de la LCyQ, en tanto constituye un requisito ineludible para la procedencia de la pretensión verificatoria (art. 32 in fine Ley 24.522)."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registra fallo dividido; la parte dispositiva final expresa la decisión del Tribunal.
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Leyes que cita
- Ley 24.522Concursos y quiebras
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