JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

BELLOCCHIO MIRTHA GRACIELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reajuste de haberes previsionales por PBU y bonos suplementarios. La Cámara Federal de la Seguridad Social hizo lugar parcialmente al reclamo de la actora, dejó sin efecto la excepción de prescripción, ordenó el pago de las diferencias desde la fecha de adquisición del derecho, revocó lo decidido sobre costas en la primera instancia y confirmó la sentencia en lo demás.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 046055/2025/CA001
Costas Honorarios Prescripcion Seguridad social Tasa pasiva Anses Reajuste de haberes Prestacion basica universal Bonos previsionales Liquidacion retroactiva

¿Quién es el actor?

BELLOCCHIO MIRTHA GRACIELA.

¿A quién se demanda?

ANSES.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por reajustes varios de la prestación previsional (Prestación Básica Universal - PBU-, redeterminación del haber inicial y movilidad, con inclusión de bonos suplementarios).

¿Qué se resolvió?

La Cámara desestimó el recurso deducido por la demandada y, en relación con el recurso de la actora, hizo lugar parcialmente: a) dejó sin efecto la decisión sobre la excepción de prescripción y ordenó el pago de las diferencias adeudadas desde la fecha de adquisición del derecho; b) revocó lo resuelto acerca de las costas en la instancia de grado y, en consecuencia, impuso las costas al vencido conforme al art. 68 del CPCCN en caso de que surjan sumas a favor del actor (si no, orden causado); confirmó la sentencia en lo demás; determinó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se haya fijado en la instancia anterior; costas por su orden en la Alzada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los bonos previsionales no constituyen un componente del haber, sino una compensación excepcional, inmediata y focalizada que, no obstante su carácter transitorio, se ha extendido en el tiempo y ha estado destinada a atender la pérdida del poder adquisitivo de las prestaciones mínimas. Su reiteración constituye, por tanto, un elemento que no puede ser soslayado al momento de efectuar el análisis integral de la PBU, pues evidencia una insuficiencia en la determinación del valor inicial de la Prestación Básica Universal como componente del haber mínimo."

"En consecuencia, corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, de conformidad con lo resuelto en el fallo de esta Sala 'Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', contemplando asimismo el precedente 'Quiroga' citado en cuanto a la pauta de confiscatoriedad allí establecida."

"Que a la retroactividad resultante habrá de aplicarse la Tasa Pasiva Promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina de conformidad a la doctrina reiterada del Alto Tribunal cfr. 'Spitale' (Fallos: 327:3721)."

¿Cómo votaron los jueces?

La Dra. Braghini "deja a salvo su opinión" respecto de algunas cuestiones (menciona reserva sobre índice aplicable a PBU), pero la decisión fue adoptada por mayoría y la parte dispositiva transcrita es la que resulta obligatoria.

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.