SCANDURRA JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó el actor la actualización y reajuste de su haber previsional. El Juzgado Federal de la Seguridad Social hizo parcialmente lugar a la demanda, dejó sin efecto la resolución administrativa impugnada y ordenó a ANSeS recalcular y abonar el haber y retroactivos según las pautas fijadas, con pago íntegro sin quita y con costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
SCANDURRA JUAN CARLOS.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo de reajuste y actualización del haber previsional (PBU, Prestación Compensatoria, Prestación Adicional por Permanencia) por falta de movilidad/actualización; planteos de inconstitucionalidad de normas (ley 24.463, ley 24.241, otros).
¿Qué se resolvió?
Se hizo parcialmente lugar a la demanda, se dejó sin efecto la resolución administrativa impugnada y se ordenó a ANSeS que abone el haber recalculado y los retroactivos conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días; se difirió para la ejecución el tratamiento de determinados artículos y del test de razonabilidad (art. 9 ley 24.463; art. 79 ley 18.037 y fallo "Lohle"); se declaró inconstitucional el art. 14.2 de la Resolución SSS 6/09 en tanto imponía un tope para las remuneraciones actualizadas; las diferencias a favor del actor deben abonarse sin quita alguna; se impusieron costas a ANSeS; se difirió regulación de honorarios para etapa de ejecución.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) "En relación a la cuestión de fondo, cabe recordar que en la determinación del haber mensual de la PBU no entran directamente en juego las remuneraciones del afiliado, sino que ésta está constituida por un monto fijo, determinado por el legislador en la ley 26.417 (B.O. 16/10/08). ... Respecto de la solicitud de actualización de la P.B.U., atento a lo resuelto por el Alto Tribunal en el fallo 'Quiroga, Carlos Alberto c. Anses s. Reajustes Varios, sentencia del 11 de noviembre de 2014, corresponde diferir el cálculo a los fines de verificar la confiscatoriedad para la etapa de ejecución (conf. C.S.J.N. in re “Actis Caporale”, Fallos 323:4216)."
2) "Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaró inconstitucional en este acto."
3) "Las diferencias a favor del actor deberán abonársele sin merma alguna. Esto así, de acuerdo a lo resuelto por el Alto Tribunal en la causa 'Pellegrini, Américo c/ Anses s/ reajustes varios' del 28.11.06 ... autorizar una quita en la movilidad que se reconoce resultaría contradictoria, admitiendo un reajuste por un lado y deduciendo sumas por el otro reduciendo indebidamente su prestación."
¿Cómo votaron los jueces?
no se registra voto en disidencia; la resolución es firmada por la Jueza Federal Subrogante Silvia G. Saino y el bloque resolutorio final es el que prevalece.
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Leyes que cita
- Ley 26.417Prestaciones previsionales
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 18.037Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463Solidaridad previsional
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