SICA LILIANA C/ SANCOR COOPERATIVA DE SEGUROS LTDA S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)
La actora demandó por incumplimiento contractual, reclamando el capital asegurado por Incapacidad Total, Permanente e Irreversible, más daño moral y punitivo. El Tribunal hace lugar a la demanda: concede la indemnización por cobertura ($420.000) y daño moral ($300.000), rechaza el daño punitivo y ordena costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Sica Liliana Mirta, por intermedio de su letrada.
¿A quién se demanda?
Sancor Cooperativa de Seguros Limitada.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago del capital asegurado por Incapacidad Total, Permanente e Irreversible (cláusula de la póliza colectiva), más actualización, intereses, costas; además daño moral y daño punitivo.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la demanda. Se condena a Sancor a pagar a la actora la suma total de PESOS SETECIENTOS VEINTE ($720.000) (concretamente $420.000 por la cobertura de incapacidad y $300.000 por daño moral), se desestima el reclamo de daño punitivo; costas a la demandada; interés del 6% anual desde la fecha de mora (14/11/2022) para determinados rubros y tasa del Banco Provincia para el resto, plazo de diez días tras firmeza para pago.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Sobre acreditación del riesgo y monto de la cobertura:
"Concluyendo entonces que $ 420.000,00, es el monto que debería percibir la actora. En virtud de lo expuesto, corresponde hacer lugar a la indemnización por cobertura del riesgo receptado en la CLAUSULA DE INCAPACIDAD FISICA TOTAL, PERMANENTE E IRREVERSIBLE, en la suma de PESOS CUATROCIENTOS VEINTE MIL ($ 420.000) (arts. 165, 472, 474 del C.P.C.C.)."
Sobre valoración pericial y sana crítica:
"La prueba pericial tiene por objeto auxiliar al Juez... Dicho ello, puede vislumbrarse que más allá de la observación formulada... lo cierto resulta ser que, ambos informes periciales (contable y médico) acompañados contienen fundamentos técnicos y científicos suficientes, como para no apartarse de los mismos..."
"El Dr Eduardo Pablo Martínez... deduce que la Señora Sica Liliana tiene una incapacidad de 97,86%... Que dicha incapacidad es de carácter total y permanente."
Sobre deber de información y protección al consumidor/adhirente:
"Lo cierto es que de lo actuado en estas actuaciones no luce garantizado el derecho de información de la actora... No hay prueba en estas actuaciones que la información se hubiese cumplido al inicio de la adhesión al seguro colectivo... Tampoco pudo conocer que podía optar por la opción mayores y así continuar con la cobertura asegurativa."
"La prueba del debido cumplimiento de este deber de información, le correspondía a la aseguradora demandada, en su calidad de proveedora, y ninguna prueba produjo sobre el particular... Razón de lo expuesto se desestiman las defensas opuestas en el escrito de contestación de demanda."
Sobre daño moral:
"Por lo que considero justo otorgar por este rubro la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000) expresada en valores actuales..."
Sobre daño punitivo:
"Sentado lo expuesto, considero que el caso de autos no presenta la caracterísiticas de un actuar 'extremo o doloso' por parte de la compañía demandada, que la haga pasible de la sanción requerida... En virtud de ello, no encontrándose configurados los presupuestos que habilitan la procedencia del reclamo efectuado, se desestima el daño punitivo solicitado (art. 52 bis Ley 24.240 -T.O. Ley 26.361-)."
Bloque dispositivo (texto de la decisión final):
"1°) Haciendo lugar a la demanda de daños y perjuicios por incumplimiento contractual promovida por Liliana Sica contra Sancor Cooperativa de Seguros Limitada, condenando a esta última a abonar a la actora la suma de PESOS SETECIENTOS VEINTE ($ 720.000), con más los intereses fijados en el considerando Octavo, en el plazo de diez días de quedar firme y/o consentida la presente... 2°) Imponiendo las costas a la parte demandada en su carácter de vencida..."
Intereses y mora:
"estimo procedente establecer que para el cálculo de los intereses, debe aplicarse la alícuota del 6% anual... desde la fecha de la mora -la que se establece el día 14 de noviembre de 2022 (fecha de notificación de la demanda) - ... y hasta el momento de la presente sentencia en el rubro que tiene VALORES ACTUALES -RUBRO DAÑO MORAL- ... y a partir de allí... la tasa de interés que fije el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento a 30 días y hasta su efectivo pago."
¿Cómo votaron los jueces?
no se consignan votos en minoría; el fallo aparece firmado por el Juez que resuelve en primera instancia.
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Normas que cita
- Ley 26.994art. 7° · Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 17.418arts. 11, 153 y ss. · Seguros
- Ley 24.240arts. 1, 3, 4, 38, 39, 52 bis · Defensa del consumidor
- Ley 26.361Defensa del consumidor
- Constitución Nacionalart. 42; art. 75 inc.22 y 23 · Constitucion nacional
- CODIGO CIVIL Y COMERCIALarts. 1, 2, 3, 4, 12, 1198, 165, 472, 474, 1100, 1741, 1715, etc.
- CPCC (Provincia De Bs As)arts. 133, 161, 163, 170, 384, 472, 474, 483, 495
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