B.I.D ARGENTINA S.A C/ FORD ARGENTINA S.C.A Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)
Aclaratoria de resolución de primera instancia para corregir fecha consignada en el considerando. El Tribunal hizo lugar a la aclaratoria y rectificó la fecha correcta de entrega de la factura a 26/11/2024, ordenando su registro y notificación conforme normativa de presentaciones electrónicas.
¿Quién es el actor?
B.I.D ARGENTINA S.A.
¿A quién se demanda?
FORD ARGENTINA S.C.A. y otro/a.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por incumplimiento contractual (excepción de estado), según carátula.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al pedido de aclaratoria fundado en el art. 166 inc. 2º C.P.C.; se corrigió la fecha errónea consignada en el considerando V), apartado B) de la resolución de fecha 14/10/2026, estableciendo que la fecha correcta de entrega de la factura es "26/11/2024". Se ordenó registrar y notificar la aclaratoria conforme al Art. 10 del Anexo del Reglamento de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas (Acordada 4013 y modificatoria Acordada 4039 de la SCBA).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Atento lo peticionado y lo dispuesto por el Art. 166 Inc. 2º C.P.C., advierto que en la resolución de fecha 14 de octubre de 2026, en el considerando V), apartado B) -al cual me remitiera expresamente en el fallo-, se ha deslizado un error involuntario al consignar la fecha en que debió entregarse la factura. En consecuencia, aclárase que la fecha correcta es "26/11/2024" y no como se colocara erróneamente."
"Regístrese. Notifíquese. conforme el Art. 10 del Anexo del Reg. Presentaciones y Notificaciones electrónicas de la Ac. 4013 y modif. por la Ac. 4039 de la SCBA."
¿Cómo votaron los jueces?
No surge votación dividida ni disidencia en el texto aportado.
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