JurisprudenciaARG
Primera Instancia

FARIÑA ROMINA ELISABETC/ MARTINEZ JUAN DOMINGO Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La actora demandó por daños y perjuicios derivados de un siniestro de tránsito ocurrido el 27/10/2011, reclamando gastos, incapacidad, daño psicológico y moral. El Tribunal hace lugar a la demanda y condena a Martínez y a la aseguradora Antártida S.A. (hasta el límite de la póliza) al pago de $31.822.000 más intereses, imponiendo costas a las partes demandadas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2 - QUILMES
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
29815
Accidente de transito Responsabilidad objetiva Incapacidad sobreviniente Dano moral Costas Dano psicologico Transporte benevolo Interes desde el hecho Aseguradora citada en garantia (art.118 ley 17.418) Rama civil primera instancia provincia de buenos aires.

¿Quién es el actor?

Romina Elisabet Fariña, representada por el Dr. César Maximiliano Bolsi.

¿A quién se demanda?

Juan Domingo Martínez; se citó en garantía a Antártida Compañía Argentina de Seguros S.A.; originalmente también fueron demandados Gerardo Gabriel Rojas y Caja de Seguros S.A. (luego desistidos).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 27/10/2011 en la Ruta Nacional Nº 2 (km 198.2), por $248.000 en el inicio y en el proceso por montos específicos por gastos, incapacidad sobreviniente, daño psicológico y daño moral.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la demanda. Condena a Juan Domingo Martínez a pagar a la actora la suma de pesos treinta y un millones ochocientos veintidós mil ($31.822.000.-) más intereses desde la fecha del hecho (27/10/2011) con posterior aplicación de la tasa pasiva más alta del Banco Provincia hasta el efectivo pago; extiende la condena a Antártida Compañía Argentina de Seguros S.A. en el límite de su póliza; impone costas a la parte demandada y citada en garantía.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Merced todo lo hasta aquí delineado no habiendo acreditado el demandado Martínez -reitero rebelde-, ni la citada Antártida Compañía Argentina de Seguros S.A., la culpa de un tercero por el cual no deben responder; sumado a la franca violación, por parte del accionado de lo normado por el artículo 39 inciso b) de la ley de tránsito vigente; estimo correcto sentenciar que el demandado Juan Domingo Martínez ha sido responsable -con su accionar- del evento dañoso acaecido aquella noche del 27 de octubre de 2011 (arts. 512, 1068, 1109, 1113 y ccdts. del Código Civil; 375, 384 y ccdts. del C.P.C.). Haciendo extensiva la responsabilidad antes consignada a la citada en garantía Antártida Compañía Argentina de Seguros S.A. (art. 118 de la ley 17.418)."

"Conforme todo lo hasta aquí establecido corresponde hacer lugar a la demanda promovida por Romina Elisabet Fariña contra Juan Domingo Martínez por la suma de pesos treinta y un millones ochocientos veintidós mil ($ 31.822.000.-), con más la tasa establecida en el apartado V). Haciendo extensiva la condena a la citada en garantía Antártida Compañía Argentina de Seguros S.A., en el límite de extensión de su póliza (art. 118 de la ley 17.418)."

(Además, el fallo contiene las justificacio nes periciales y valoración probatoria que fijan incapacidad parcial y permanente en 19,16%, reconoce daño psicológico (TEPT severo crónico) y valora rubros pecuniarios: gastos generales $100.000; incapacidad $19.380.000; daño psicológico $2.652.000; daño moral $9.690.000).

¿Cómo votaron los jueces?

no se consignan votos ni disidencias; la decisión aparece como fallo único con dispositivo final.

Normas que cita

  • Ley 26.994art. 7° · Codigo civil y comercial de la nacion
  • Decreto 1795/2014
  • Ley 27.077art. 1° · Codigo civil y comercial de la nacion
  • Ley 17418 (Provincial (provincia De Buenos Aires, Digesto))art. 118
  • CC (Digesto/Código Civil)arts. 512, 1068, 1109, 1113
  • CPCC (Provincial / Cpcc)arts. 163 inc.5°, 165, 375, 384, 456, 474, 68, 69, 72
  • Página web Colegio de Psicólogos PBA (Provincial)
  • Ley 340

Fallos que cita

  • Ac. 56.514; Ac. 56.515; Ac. 56.516SCBA
  • Ac. 70.196SCBA
  • Ac. 82.765SCBA
  • Ac. 67485SCBA · 05/04/2000
  • Ac. 61569SCBA · 24/03/1998
  • Ac. 75973SCBA · 30/08/2000
  • Ac. 81746SCBA · 05/03/2003
  • C 100299SCBA · 11/03/2009
  • C.101774 ("Ponce"); L.94446 ("Ginossi"); C.119176 ("Cabrera")SCBA

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.