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Primera Instancia

PERALTA CAMILA Y OTRO/A C/ MARINI MARTÍN Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO) 2020

La actora promovió demanda por daños y perjuicios por fallecimiento de conductor de motocicleta tras colisión con automóvil en Ruta Nacional Nº 3, Km. 269. El Tribunal rechazó la demanda, considerando acreditado que la motocicleta perdió estabilidad y se desplazó hacia el carril del automóvil, configurando el hecho de la víctima como eximente total de responsabilidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2 - LA PLATA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
101351
Accidente de transito Responsabilidad objetiva Danos y perjuicios Costas Prueba testimonial Beneficio de litigar sin gastos Pericia accidentologica Rechazo demanda Motocicleta vs automovil Hecho de la victima (art. 1729 cccn)

¿Quién es el actor?

GUSTAVO NICOLÁS PERALTA y CAMILA PERALTA, por derecho propio.

¿A quién se demanda?

MARTÍN MARINI y la aseguradora SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA COOPERATIVA LIMITADA (citada en garantía).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por accidente vial ocurrido el 22/02/2023 que produjo la muerte de Guillermo Gustavo Peralta; reclamo por valor vida, daño moral, daño psicológico, daño emergente y desvalorización del rodado, total $96.342.000 y sus accesorios.

¿Qué se resolvió?

Rechazar la demanda en su totalidad; costas a la actora; eximida la actora del pago por haberle sido concedido beneficio de litigar sin gastos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En consecuencia, de conformidad con las reglas de la sana crítica (arts. 375, 384, 456 y 474 del CPCCBA), considero acreditado que la motocicleta conducida por Peralta perdió estabilidad (desconociéndose las causas) y se desplazó hacia el carril por el que circulaba el Volkswagen Gol, produciéndose allí la colisión. Asimismo, a partir de la valoración conjunta de la prueba, no tengo por suficientemente acreditado que la maniobra de adelantamiento atribuida a Marini haya constituido un factor causal concurrente en la producción del accidente."

"Por ello, tengo por configurado el hecho de la víctima como eximente total de responsabilidad en los términos del art. 1729 del Código Civil y Comercial de la Nación y, en consecuencia, corresponde rechazar la demanda interpuesta contra Martín Marini y la citada en garantía Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada..."

¿Qué se resolvió?

"1) Rechazar la demanda de daños y perjuicios interpuesta por GUSTAVO NICOLAS PERALTA y CAMILA PERALTA contra MARTIN MARINI y SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA COOPERATIVA LIMITADA; 2) Costas a la parte actora en su condición de vencida (art. 68 CPCC)."

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