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Primera Instancia

SEGOVIA AQUINO MONICA BEATRIZ C/ XIE YANTING S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO) 2020

La actora promovió demanda de daños y perjuicios por accidente de tránsito contra la conductora del automóvil y la aseguradora. El Tribunal rechazó la demanda: la pericia mecánica acreditó que la motocicleta adelantó por la derecha y embistió al automóvil, configurando la eximente por culpa exclusiva de la víctima que rompe el nexo causal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2 - LA PLATA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
100304
Accidente de transito Responsabilidad objetiva Costas Seguro Pericia mecanica Culpa exclusiva de la victima Adelantamiento por la derecha Rechazo demanda Prueba pericial. Eximente art. 1729 ccycn

¿Quién es el actor?

Mónica Beatriz Segovia Aquino.

¿A quién se demanda?

Xie Yanting (conductora) y Río Uruguay Seguros Cooperativa Ltda (citada en garantía).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito (monto pedido $893.600 y varios rubros: incapacidad, daño psíquico $480.000, gastos, daños materiales, etc.).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó íntegramente la demanda y se impusieron las costas a la actora; se difiere regulación de honorarios. El tribunal concluyó que la conducta exclusiva y determinante del siniestro fue la de la actora (adelantamiento por la derecha e insuficiente dominio/distancia), por lo que opera la eximente del art. 1729 del CCyCN y se rompe el nexo causal liberando de responsabilidad a la demandada y a la aseguradora citada en garantía.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El dictamen fue notificado a la totalidad de las partes, encontrándose firme y consentido (art. 375, 384, 474 CPCC)."

"Frente a las explicaciones e impugnaciones formuladas por la parte actora, el perito presentó su informe de fecha 06/03/2025, ratificando sus conclusiones y señalando categóricamente que no existe ningún indicio técnico que permita afirmar que la demandada realizó una maniobra intempestiva o que haya llevado arrastrada a la motocicleta."

"El dictamen técnico precedentemente reseñado no ha sido desvirtuado por otros elementos de convicción de igual o superior jerarquía, por lo que deviene plenamente idóneo para fundar la convicción judicial (arts. 384 y 474 del CPCC)."

"De la compulsa de las actuaciones y con sustento en la pericia mecánica, surge acreditado que la maniobra desplegada por la Sra. Mónica Beatriz Segovia Aquino configuró una clara infracción a las reglas de tránsito que rigen la circulación vehicular (Ley Nacional N° 24.449 y Ley Provincial N° 13.927)."

"En consecuencia, el accionar imprudente de la propia víctima, al intentar un adelantamiento prohibido por la derecha sin mantener el control de su motocicleta, constituyó la causa exclusiva y determinante del siniestro, configurándose la eximente prevista en el art. 1729 del Código Civil y Comercial de la Nación, la cual fractura de manera total el nexo de causalidad y libera de responsabilidad a la demandada y a la citada en garantía."

"Las restantes probanzas acompañadas (fotografías, certificados médicos y comprobantes de gastos) solo dan cuenta de la existencia de secuelas o erogaciones, mas no resultan aptas para acreditar la responsabilidad de la demandada ni para suplir el déficit causal generado por la propia conducta de la pretensora."

"Por todo lo expuesto, constancias probatorias existentes en expediente, corresponde el rechazo total de la demanda promovida (arts. 1722, 1729, 1757 y 1758 del CCCN; arts. 375, 384 y 474 del CPCC)."

¿Cómo votaron los jueces?

Sentencia de Tribunal de primera instancia dictada por el juez único interviniente; el bloque dispositivo final confirma el rechazo y determina costas conforme art. 68 CPCC.

Normas que cita

  • Ley 26.994arts. 1, 2, 7, 1722, 1723, 1725, 1726, 1729, 1730, 1734, 1757, 1758 y cc. · Codigo civil y comercial de la nacion
  • Ley 24.449arts. 39, 42, 48 inc. g · Ley de transito
  • Ley 13.927 (Provincia De Buenos Aires)
  • CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 59, 60, 68, 78, 84, 330, 345 inc.3), 354 inc.1), 375, 384, 415, 474, 484 y cc.
  • Ley 17.418art. 118 · Seguros
  • Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)art. 51
  • Acuerdo 4011/2021 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)arts. 2, 5 (mención normativa)
  • Acuerdo 4178 (Provincia De Buenos Aires)
  • Resolución RP 929/24 (Provincia De Buenos Aires)
  • Resolución RP 1651/24 (Provincia De Buenos Aires)
  • Resolución RP 185/25 (Provincia De Buenos Aires)

Fallos que cita

  • "SCBA Ac. 65924"SCBA · 07/08/1999

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