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Primera Instancia

FACCIUTO HAYDEE YOLANDA S/ SUCESION AB-INTESTATO

Pedido de acumulación de la sucesión Troilo Nicolás fue rechazado y se ordenó la inscripción de la declaratoria de herederos sobre 1/2 ganancial del inmueble. El Tribunal rechazó la acumulación por estar liquidado y/o partido el acervo en el expediente remitido y, cumplido lo exigido por el art. 765 del CPCC, mandó inscribir la declaratoria de herederos y expedir instrumentos conforme a resoluciones de la SCBA.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1 - LA MATANZA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
LM-25567-2025
Sucesion Declaratoria de herederos Inscripcion registral Tasa de justicia Acumulacion Impuesto a la transmision gratuita Cpcc art. 765 Liquidacion de acervo Cpcc art. 731 Scba resoluciones.

¿Quién es el actor?

El actor que solicitó la acumulación (remitente del Expte. SM 19526/2007), no individualizado por nombre en el extracto.

¿A quién se demanda?

Causa sucesoria "TROILO NICOLAS S/ SUCESIÓN AB - INTESTATO" (Expte. SM 19526/2007) remitida por el Juzgado en lo Civil y Comercial N°11 del Departamento Judicial de San Martín.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pedido de acumulación de autos sucesorios (acumulación con otros autos sucesorios del mismo causante / misma masa hereditaria).

¿Qué se resolvió?

El Tribunal resolvió rechazar el pedido de acumulación y, en atención al estado del expediente y cumplimiento del art. 765 del CPCC, ordenó la inscripción de la Declaratoria de Herederos dictada el 12/3/2026 respecto del 1/2 ganancial del inmueble (Circunscripción II, Sección C, Manzana 141, Parcela 19-d; Matrícula N°74858, La Matanza). Asimismo, dispuso requisitos previos y trámites administrativos (valución fiscal, CUIT/CUIL, informes registrales, cédula catastral, título de propiedad, declaración jurada patrimonial, pago de tasa y contribución, acreditación del impuesto a la transmisión gratuita de bienes).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I) Que el art. 731 del CPCC dispone la acumulación de dos juicios sucesorios de un mismo causante cuando se hubiese iniciado uno testamentario y otro ab-intestato o en el caso de coexistencia de juicios testamentarios o ab-intestato. Asimismo, establece que deberá tenerse en cuenta el grado de adelanto de los mismos.-"

"II) Que, conforme surge de las constancias de los autos 'TROILO NICOLAS S/ SUCESIÓN AB - INTESTATO' Expte. SM 19526/2007 remitidas por el Juzgado en lo Civil y Comercial Nro. 11 del Departamento Judicial de San Martín, con fecha 31/8/2011 se ha ordenado la inscripción del inmueble objeto de los presentes, por el 1/2 de titularidad del allí causante.- A mayor abundamiento, de la lectura del Informe de Dominio acompañado en autos en fecha 13/7/2026, se desprende que dicha inscripción ya fue materializada.-"

"III) Que, si bien se trata de los mismos herederos y la misma masa hereditaria, atento que de los autos de mención surge que del acervo se halla liquidado y/o partido (art. 116 CPCC), atento el grado de avance de los autos referidos, no quedando trámites remanentes que realizar en los mismos, considero que se torna improcedente la acumulación de los autos radicados en el Juzgado mencionado a los presentes.-"

Bloque dispositvo final (texto literal):

"RESUELVO:

1) Rechazar el pedido de acumulación de los autos caratulados 'TROILO NICOLAS S/ SUCESIÓN AB - INTESTATO' Expte. SM 19526/2007 remitidas por el Juzgado en lo Civil y Comercial Nro. 11 del Departamento Judicial de San Martin a los presentes actuaciones;

2) Atento el estado de autos, de conformidad con lo solicitado y encontrándose cumplido en autos con lo dispuesto por el art. 765 del CPCC, procédase a la Inscripción de la Declaratoria de Herederos dictada en autos en fecha 12/3/2026 con relación al (1/2 ganancial) del bien Inmueble, cuyo Informe de Dominio obra en autos y su Nomenclatura Catastral es: Circunscripción II, Sección C, Manzana 141, Parcela 19-d, inscripto su Dominio en la Matrícula N°74858 (LA MATANZA - 70).-"

(No se registran votos en disidencia en el extracto provisto; la resolución citada es la que integra la decisión del Tribunal.)

Normas que cita

  • Ley 6716 (Provincia De Buenos Aires)arts. 21, 22
  • CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 731, 765, 116, 135, 36
  • Ley 14967 (Provincia De Buenos Aires)
  • Ley 15311 (Provincia De Buenos Aires)
  • Codigo Fiscal (t.o. Ley 15.391) (Provincia De Buenos Aires)arts. 337, 35 inc. b, 306, 321, 322, 324, 337 inc. f
  • Ley 15.391 (Provincia De Buenos Aires)
  • Ley 17801 (Provincia De Buenos Aires)art. 23
  • Ley 15479 (Provincia De Buenos Aires)
  • Resolución 1799/16 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)
  • Resolución 3997/20 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)
  • Resolución 432/00 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)
  • Decreto 387/00 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)

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