JurisprudenciaARG
Primera Instancia

CORONEL HERMAS S/ SUCESION AB-INTESTATO

Solicitud de radicación por conexidad en procesos sucesorios para acumular expedientes de un mismo acervo hereditario. El Tribunal hizo lugar a la radicación por conexidad, decretó la acumulación del sucesorio de SZRAKA MATUS ESTHER BEATRIZ a los autos indicados y declaró abierto el juicio sucesorio de HERMAS CORONEL, ordenando las diligencias de publicación y notificaciones pertinentes.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1 - LA MATANZA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
LM-47329-2026
Economia procesal Juicio sucesorio Notificaciones electronicas Registro de testamentos Edicto Radicacion por conexidad Identidad de masa hereditaria Publicacion en boletin oficial Acumulacion de sucesorios Cpcc art. 731

¿Quién es el actor?

Walter Hugo Coronel y Cesar Osvaldo Coronel (se los tiene por presentados y parte).

¿A quién se demanda?

Sucesorio de Szraka Matus Esther Beatriz; se abre además el juicio sucesorio de Hermas Coronel como causante.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Radicación por conexidad y acumulación de procesos sucesorios (acumulación del sucesorio de Szraka Matus Esther Beatriz a los autos indicados) y apertura del juicio sucesorio de Hermas Coronel con las diligencias de edicto, notificaciones e informes registrales.

¿Qué se resolvió?

Se admitió la radicación por conexidad y se decretó la acumulación; se vinculó ambas causas en el sistema informático; se declaró abierto el juicio sucesorio de Hermas Coronel y se ordenaron las publicaciones, notificaciones y oficios al Registro de Testamentos, Registro de Juicios Universales e IPS, con las formalidades y requisitos administrativos señalados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el art. 731 del CPCC dispone la acumulación de dos juicios sucesorios de un mismo causante cuando se hubiese iniciado uno testamentario y otro ab-intestato o en el caso de coexistencia de juicios testamentarios o ab-intestato. Asimismo, establece que deberá tenerse en cuenta el grado de adelanto de los mismos. Asimismo, tanto en doctrina como en numerosa jurisprudencia se ha entendido que la acumulación de sucesorios de distintos causantes también es procedente cuando se trata de la misma masa hereditaria y los mismos herederos. Ello, por razones de economía procesal y conexidad, sobre todo cuando aún quedan pendientes de cumplimiento ciertas diligencias que pueden hacerse en forma conjunta con el consiguiente ahorro de trámites y gastos (Medina, Graciela; Proceso Sucesorio. Tomo I; Rubinzal-Culzoni Editores; 2006; pág. 130)."

"Que conforme surge de la documentación acompañada el sr. Hermas CORONEL y la señora Szraka Matus Esther Beatriz han sido cónyuges. Por ende, existe identidad de herederos y de masa de hereditara (art. 116 CPCC). En consecuencia, circunstancias de conexidad procesal como el hecho de transmitirse en ambos juicios un mismo bien, autorizan que sea el mismo Juez el que entienda en la división y liquidación de un único patrimonio."

"Por todo lo expuesto, conforme lo dispuesto por el art. 731 del CPCC, su doctrina, considero que se torna procedente admitir la radicación por conexidad solicitada y decretar la acumulación del presente proceso a los autos SZRAKA MATUS ESTHER BEATRIZ S/ SUCESION AB-INTESTATO, Expte. Nº 12121/2014."

Dispositivo transcripto (extracto final que determina la decisión):

"RESUELVO:

a) Admitir la radicación por conexidad solicitada y, en consecuencia, decretar la acumulación del sucesorio de SZRAKA MATUS ESTHER BEATRIZ a estos actuados;

b) Vincular ambas causas en el sistema informático AUGUSTA. REGÍSTRESE."

Se incluyen además las órdenes administrativas que constan en la parte resolutiva: publicación de edicto por un día en el Boletín Oficial (art. 734 CPCC; art. 2340 CCCN, cfr. ley 26.994), requisitos de pago tributario en PDF previo al libramiento, cumplimiento de bono ley 8480 y jus previsional (art. 13 ley 6716), oficios al Registro de Juicios Universales y al IPS, y oficio al Registro de Testamentos (art. 724 CPCC T.O. ley 11.511) con la Planilla de Solicitud de Informe en PDF.

Normas que cita

  • Ley 731 CPCC (Provincia De Buenos Aires)art. 731
  • Ley 734 CPCC (Provincia De Buenos Aires)art. 734
  • Ley 40 CPCC (Provincia De Buenos Aires)art. 40
  • Ley 116 CPCC (Provincia De Buenos Aires)art. 116
  • Ley 43 Ac. 3397/08 SCBA (Provincia De Buenos Aires)art. 43
  • Ac. 3733/14 SCBA (Provincia De Buenos Aires)
  • Ac. 3975/20 SCBA (Provincia De Buenos Aires)
  • Ac. 4013/21 SCBA (Provincia De Buenos Aires)
  • Ac. 4039/21 SCBA (Provincia De Buenos Aires)
  • CCCNart. 2340 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
  • Ley 6716 (Provincia De Buenos Aires)art. 13
  • Ley 7.205 (Provincia De Buenos Aires)art. 3º
  • Ley 11.511 (T.O. por ley) (Provincia De Buenos Aires)art. 724
  • RC N° 872/16 SCBA (Provincia De Buenos Aires)
  • Ley 11.511 de Buenos Aires

Fallos que cita

  • Cam. Civ., Sala A (Cap. Fed.) 15/04/1963CAM. CIV. SALA A CAP. FED. · 15/04/1963
  • Cam. Civ., Sala A (Cap. Fed.) 15/04/1969CAM. CIV. SALA A CAP. FED. · 15/04/1969
  • Cam. Civ. y Com. Deptal., Sala I causa 913 RSI-62/09 17/09/2009CAM. CIV. Y COM. DEPTAL. SALA I · 17/09/2009
  • SCBA LP Rc 119854 Araujo, Fernando JoséSCBA · 13/05/2015

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