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Primera Instancia

MORONI CESAR Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO

Petición declarativa de herederos por fallecimiento de Cesar Moroni e Irma Inés Regarzzi. El Tribunal declara que los hijos Ana María y Miguel Ángel Moroni y la cónyuge súpertite Irma Inés Regarzzi son los universales herederos, y dispone el cese de la intervención del Ministerio Fiscal y la registración y notificación pertinentes.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1 - CAMPANA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
57660
Sucesiones Declaracion de herederos Notificacion electronica Registracion Ministerio fiscal Edictos Herederos universales Conyuge supertite Codigo civil y comercial arts. 2424/2426/2433 Cpcc arts. 728/734/735/737

¿Quién es el actor?

Ana María Moroni y Miguel Angel Moroni (peticionantes de la declaración de herederos).

¿A quién se demanda?

No consta un demandado específico en el expediente.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración judicial de herederos por fallecimiento de Cesar Moroni (29/08/1990) e Irma Inés Regarzzi (22/03/2024), con determinación de quienes suceden como herederos universales y regularización registral.

¿Qué se resolvió?

Se declara que por fallecimiento de Cesar Moroni le suceden como universales herederos sus hijos Ana María y Miguel Angel Moroni y su cónyuge súpertite Irma Inés Regarzzi (a quien se la declara heredar en cuanto a bienes propios y con los derechos que la ley le concede respecto de los gananciales). Asimismo, se declara que por el fallecimiento de Irma Inés Regarzzi suceden en carácter de universales herederos sus hijos Ana María y Miguel Angel Moroni. Se dispone el cese de la intervención del Ministerio Fiscal, registración y notificaciones por domicilio electrónico.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que con el certificado adjunto a la demanda se acredita el fallecimiento de Cesar Moroni, ocurrido el día 29 de Agosto de 1990 y el de Irma Inés Regarzzi, ocurrido el día 22 de Marzo de 2024.-"

"Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto por los arts. arts. 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial y arts. 735 y 737 del CPCC, RESUELVO: 1.- Declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Cesar Moroni le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Ana María y Miguel Angel Moroni y Regarzzi, y su cónyuge súpertite Irma Inés Regarzzi, a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales.2.- Que por el fallecimiento de Irma Inés Regarzzi le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Ana María y Miguel Angel Moroni y Regarzzi.- 3.- Cése la intervención del Ministerio Fiscal (Art. 728, inc. 1 del CPCC). -4.- Regístrese. Notifíquese a la parte y a la Agente Fiscal Departamental a sus domicilio electrónico en forma automatizada (Ac. 4039/2021 SCBA).-"

Observaciones procesales relevantes:

Se consignan publicaciones de edictos conforme art. 734 inc. 2 del CPCC con resultado negativo (constancia de fecha 26/08/2026).

El Ministerio Fiscal dictaminó y luego se dispone el cese de su intervención conforme art. 728 inc. 1 del CPCC.

Normas que cita

  • CCyCNarts. 2424, 2426, 2433 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • CPCC (Provincial (buenos Aires))arts. 728, 734, 735, 737

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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