Cabrera, Juan Carlos c/Arfeco S.A. s/Accidente de trabajo
Reclamó indemnización por accidente de trabajo y el Tribunal del Trabajo n.º 2 declaró la inconstitucionalidad de los arts. 39 y 46 de la ley 24.557. La Suprema Corte anuló de oficio la sentencia de grado por no haberse resuelto la petición de citación de Mapfre Aconcagua A.R.T. S.A., y ordenó que se integre la litis con diferente composición judicial.
¿Quién es el actor?
Juan Carlos Cabrera.
¿A quién se demanda?
Arfeco S.A.C.I.F.I.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por accidente de trabajo en el marco del derecho civil; se discutió la constitucionalidad de los arts. 39 y 46 de la ley 24.557.
¿Qué se resolvió?
La Suprema Corte, por mayoría, anuló de oficio la resolución de fs. 60/65 vta. del Tribunal del Trabajo n.º 2 de San Isidro que había declarado la inconstitucionalidad de los arts. 39 y 46, y ordenó que los autos vuelvan al tribunal de origen para que, con diferente integración, se cite a Mapfre Aconcagua Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (art. 172 in fine, C.P.C.C.).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En su escrito de contestación de la demanda la accionada Arfeco S.A. solicitó la intervención como tercero obligado de Mapfre Aconcagua Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. Dicha petición, fundada en la norma del art. 94 del Código Procesal Civil y Comercial local, fue realizada en la inteligencia de que de acuerdo a lo normado por la ley 24.557 la firma aseguradora 'es la entidad que ha de conferir las prestaciones a las que alude el art. 39 de dicho cuerpo legal' (fs. 56 vta.). ... Sin embargo, al proveer la referida pieza procesal soslayó el tribunal de grado examinar la procedencia de la citación peticionada, ordenando el pase de las actuaciones al Acuerdo a los fines de resolver los cuestionamientos constitucionales efectuados por la accionante ... tal temperamento (la omisión señalada) fue mantenido por el a quo cuando resolvió declarar la inconstitucionalidad de los arts. 39 y 46 de la ley 24.557 (fs. 60/65 vta.)."
"Con estos particulares contornos, estimo que en el caso, el vicio que conlleva el procedimiento debe corregirse por conducto de la anulación ex officio de la resolución de grado. ... En este marco, cabe reiterar que si bien la potestad revisora de esta Suprema Corte se circunscribe en principio al contenido del fallo y a la concreta impugnación del recurso, ello de modo alguno impide la declaración oficiosa de nulidad de los actos cumplidos en la instancia de grado cuando se trata de resguardar las garantías básicas de nuestro sistema constitucional: la defensa en juicio y el debido proceso legal ... Por lo expuesto, corresponde anular de oficio la resolución de fs. 60/65 vta., debiendo volver los autos al tribunal de origen para que, con diferente integración, ordene la citación de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo faltante en el proceso (art. 172 in fine del C.P.C.C.)."
Sentencia (dispositivo): "Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, de conformidad con lo dictaminado por el señor Subprocurador General, por mayoría, se anula -de oficio- la resolución dictada a fs. 60/65 vta. Vuelvan los autos al tribunal de origen para que integrado con otros jueces, ordene la citación de Mapfre Aconcagua Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (art. 172 in fine, C.P.C.C.)."
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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